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Interpretación del Derecho

libros

No sabemos mucho sobre la interpretación de los textos jurídicos en la antigüedad griega. En cambio, las numerosas disposiciones sobre la interpretación en el Corpus Juris Civilis dan una indicación de cómo se trataba el asunto en el antiguo Derecho romano. Los compiladores del código de Justiniano encajaron la mayoría de los fragmentos relevantes en cuatro títulos de la codificación, ignorando así en su mayor parte su procedencia y su contexto original. Ni los juristas clásicos ni los compiladores de Justiniano desarrollaron una teoría exhaustiva de la interpretación jurídica. Ni siquiera hicieron una distinción estricta entre las reglas para la construcción de testamentos, contratos (interpretación de contratos) y piezas legislativas. Varios fragmentos del Corpus Juris enunciaban reglas que se contradecían entre sí. Éste fue, por ejemplo, el caso de dos fuentes que resultaron ser extremadamente influyentes a lo largo de la historia jurídica europea. Según la lex Scire leges (D. 1,3, 17), “conocer los estatutos” no significa “atenerse a su redacción”. Lo decisivo es más bien su razón y finalidad. Por el contrario, la lex Ille aut ille (D. 32,25,1), un fragmento sobre la interpretación de los testamentos, establecía que en el caso de un texto legal redactado de forma clara y sin ambigüedades, la intención del autor del texto era irrelevante.

Resistencia Civil Activa

mujer de color en una tienda

Los puntos de vista de Gandhi sobre la justicia social se basaban en las ideas que extrajo de sus encuentros con la cultura y la religión, la suya propia y la de los demás. Se trata de una revolución espiritual que debe empezar por el individuo, sin ningún tipo de remordimiento, aunque tenga que estar solo en la lucha. Muchos de sus ideales, surgidos en el contexto de una nación que luchaba por su independencia política, contenían referencias a una sociedad justa.

Personal Militar como Sujeto de Investigación

Negocio verde o ecológico

Una cuestión ética clave en el uso de personal militar como sujetos de investigación es si los individuos de las fuerzas armadas son libres de aceptar o rechazar la participación en la investigación. La participación voluntaria ha sido reconocida como un requisito esencial para la experimentación humana ética; es la piedra angular del Código de Nuremberg, publicado en 1947 como parte del enjuiciamiento de los médicos nazis. Algunos especialistas en bioética han expresado su preocupación por el hecho de que la disciplina militar, con su énfasis en el cumplimiento de las órdenes y la cadena de mando, pueda limitar la capacidad de una persona para tomar decisiones no coaccionadas sobre la participación en la investigación. No está claro, por ejemplo, cómo la participación en un estudio de investigación difiere significativamente de otras tareas peligrosas que se esperan del personal militar. (Tal vez sea de interés investigación también sobre el desastre militar). La negociación del equilibrio entre el respeto de la autonomía individual y las necesidades de los militares es más problemática cuando las naciones están en guerra. Durante la Segunda Guerra Mundial (1939-1945) se invocaron las necesidades médicas de los militares para justificar el uso experimental de vacunas y medicamentos en las poblaciones militares, así como la investigación no terapéutica sobre objetores de conciencia, huérfanos, prisioneros y enfermos mentales. Cerca de 60.000 militares estadounidenses fueron reclutados a través de “mentiras y medias verdades” en pruebas secretas de agentes de mostaza (mostaza de azufre y nitrógeno) y lewisita (un compuesto de arsénico).

Recurso al Defensor del Pueblo Europeo

Edificios

Este texto se ocupa del Recurso al Defensor del Pueblo Europeo en el marco de la Europa de los ciudadanos, y como órgano de la UE. Mediante la publicación de las directrices correspondientes y la promulgación de diversos reglamentos, muchas de las instituciones de la UE piden y apoyan la creación de organismos de resolución extrajudicial de litigios en materia de consumo que incluyan a terceros, como árbitros, mediadores o defensores del consumidor. Entre otros instrumentos, cabe citar la Directiva 97/7, de 20 de mayo de 1997, relativa a la protección de los consumidores en materia de contratos a distancia; la Recomendación 2001/31 de la Comisión, de 4 de abril de 2001, relativa a los principios de los órganos extrajudiciales de resolución consensual de litigios en materia de consumo; la Comunicación COM(2001) 161 de la Comisión sobre “la ampliación del acceso de los consumidores a las modalidades alternativas de solución de litigios”; el Libro Verde de la Comisión sobre las modalidades alternativas de solución de conflictos y el Derecho mercantil, de 19 de abril de 2002; la Dir 2002/92, de 9 de diciembre de 2002, sobre la mediación en los seguros (mediadores de seguros); la Directiva 2008/52, de 21 de mayo de 2008, sobre determinados aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles; y el Libro Verde de la Comisión (2008) 794 sobre el recurso colectivo de los consumidores, de 27 de noviembre de 2008.

Crimen Organizado

dos

El problema del crimen organizado ha captado la atención de la investigación académica, la legislación federal, la cultura popular y la imaginación del público durante décadas.

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