Derecho Mercantil
El derecho mercantil recibe otros nombres, no siempre coincidentes, como derecho de los negocios, derecho comercial o derecho corporativa. Es, junto con el derecho civil, la rama más importante del derecho privado.
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El derecho mercantil recibe otros nombres, no siempre coincidentes, como derecho de los negocios, derecho comercial o derecho corporativa. Es, junto con el derecho civil, la rama más importante del derecho privado.
Conducta persistentemente antisocial, ilegal o criminal de niños o adolescentes hasta el punto que no puede ser corregida por los padres, pone en peligro a otras personas de la comunidad y compete a un departamento especial de la justicia. Tales patrones de conducta se caracterizan por agresividad, destructibilidad, hostilidad y crueldad, y se dan con mayor frecuencia en chicos que en chicas. Es típico que los factores responsables sean una deficiente relación entre padre e hijo, en especial el rechazo, la indiferencia y la apatía paternal, así como ambientes familiares inestables en los que la disciplina es poco rigurosa, errática, demasiado estricta o se basa en duros castigos físicos. Los tratamientos punitivos tradicionales, correccionales y reformatorios, suelen empeorar más que remediar la situación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Planteamientos más progresistas, como inserción en hogares de adopción, programas recreativos y de trabajo, y diferentes servicios de asesoramiento a la comunidad y a la familia, han tenido más éxito. La terapia de conducta y otras formas de psicoterapia, que suelen afectar tanto a los padres como al chico, también se utilizan como modos de tratamiento y prevención.
Conducta persistentemente antisocial, ilegal o criminal de niños o adolescentes hasta el punto que no puede ser corregida por los padres, pone en peligro a otras personas de la comunidad y compete a un departamento especial de la justicia. Tales patrones de conducta se caracterizan por agresividad, destructibilidad, hostilidad y crueldad, y se dan con mayor frecuencia en chicos que en chicas. Es típico que los factores responsables sean una deficiente relación entre padre e hijo, en especial el rechazo, la indiferencia y la apatía paternal, así como ambientes familiares inestables en los que la disciplina es poco rigurosa, errática, demasiado estricta o se basa en duros castigos físicos. Los tratamientos punitivos tradicionales, correccionales y reformatorios, suelen empeorar más que remediar la situación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Planteamientos más progresistas, como inserción en hogares de adopción, programas recreativos y de trabajo, y diferentes servicios de asesoramiento a la comunidad y a la familia, han tenido más éxito. La terapia de conducta y otras formas de psicoterapia, que suelen afectar tanto a los padres como al chico, también se utilizan como modos de tratamiento y prevención.
El “procedimiento” es la sucesión de actos necesarios para la introducción, preparación, debates y deliberaciones de los jueces y el ejercicio de los recursos, hasta llegar a la ejecución de las decisiones que han dictado. En relación a la legislación europea, el 31 de julio de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento nº 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa, por el que se establece un proceso europeo de escasa cuantía. Este texto creó un procedimiento simplificado para el cobro de créditos civiles inferiores a 2.000 euros derivados de litigios transfronterizos.
En el vocabulario jurídico, la palabra “minoría de edad” se utiliza en dos ocasiones: en primer lugar, en el contexto de la situación de los hijos menores, y en segundo lugar, en relación con los deseos de las personas que participan en la vida de una comunidad. En el primero de los casos mencionados, se denomina “minoría de edad” al estatuto jurídico que la ley atribuye a la situación legal de una persona que, en Francia, no ha cumplido los 18 años. La incapacidad de un menor es una incapacidad para ejercer sus derechos; es un régimen de protección destinado a evitar el abuso del desconocimiento de la persona de sus derechos ante la ley. “Minoría” tiene como antónimo la palabra “mayoría”. El menor queda bajo la patria potestad conjunta de ambos progenitores o bajo la patria potestad de uno solo de ellos, entre otros.