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Disputa Comercial

Visualización Jerárquica de Disputa comercial Intercambios Económicos y Comerciales > Comercio internacional > Relación comercial
Derecho > Justicia > Procedimiento judicial > Arbitraje
Derecho > Justicia > Procedimiento judicial > Modalidades alternativas de solución de […]

Caricom

América del Norte

Este texto se ocupa de la Comunidad del Caribe y al Mercado Común, que proporciona un mercado y economía regionales únicos, un pasaporte común y el libre comercio con socios locales e internacionales. La Comunidad y Mercado Común del Caribe (CARICOM) se formó en 1973 mediante el Tratado de Chaguaramas, como un movimiento hacia la unidad del Caribe; debía incorporar un Mercado Común, en sustitución de la Asociación de Libre Comercio del Caribe, fundada en 1965. El Consejo está formado por los ministros responsables de los asuntos de la Comunidad y Mercado Común del Caribe, así como por otros ministros gubernamentales designados por los Estados miembros, y es responsable del desarrollo de la planificación estratégica y la coordinación de la Comunidad en los ámbitos de la integración económica, la cooperación funcional y las relaciones exteriores. Otras instituciones regionales clave son la Asociación de Estados del Caribe (AEC) y la Organización de Estados del Caribe Oriental (OECO).

Economía de la Quiebra

monedas, valor, economía

Este texto se ocupa de la Economía de la Quiebra. La quiebra, bancarrota, o insolvencia, en derecho (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “insolvency” o su significado como “bankruptcy”, en inglés) es el procedimiento formal para resolver las disputas entre los acreedores, los accionistas y los gestores de una empresa con problemas financieros. Los países han diseñado procedimientos de quiebra que difieren en el control que se otorga a la dirección existente en relación con los acreedores. Este tema puede ser de interés para los economistas profesionales. Estas diferencias determinan los incentivos que se dan a las partes antes, durante y después del procedimiento de quiebra. Este tema puede ser de interés para los economistas profesionales. También determinan el coste del proceso de quiebra. En última instancia, los costes de la quiebra o bancarrota son asumidos por los accionistas de las empresas.

Fuentes del Derecho Internacional Privado

Occidente

Se pueden identificar dos escuelas de pensamiento con respecto al derecho privado en el plano internacional. Mientras que la escuela positivista clásica sólo reconoce los tratados internacionales como fuente de derecho, una segunda escuela se refiere también a las normas no estatales que rigen el comercio internacional u otras relaciones privadas internacionales. Los candidatos a tales normas no estatales de derecho internacional son los principios generales del derecho y la lex mercatoria. No se debe exigir que las fuentes no estatales del derecho internacional o “transnacional”, especialmente los principios generales del derecho o la lex mercatoria, estén reconocidas en todos los Estados miembros de la Unión Europea para que se caractericen como fuentes del derecho privado europeo.

Aplicación del Derecho de Sociedades

dinero y finanzas

Este texto se ocupa de la aplicación del derecho de sociedades, desde una perspectiva global. La aplicación del derecho de sociedades se caracteriza por el doble derecho de ejecución ejercido por los representantes electos de la sociedad y por sus miembros (véase la aplicación privada del derecho de sociedades, en este texto). Además, también existe un interés público en la aplicación del derecho de sociedades que suele lograrse mediante varios mecanismos de supervisión gubernamental (véase la aplicación pública del derecho de sociedades, en este texto).

Historia de la Convención sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías

Economía política y derecho internacional

Historia de la Convención de la ONU sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías Este elemento es una profundización de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre Historia de la Convención sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. Los antecedentes Antecendetes sobre la Convención de las Naciones Unidas … Leer más

Código Civil Europeo

Europa

La idea de un Código Civil Europeo se convirtió en un tema de discurso bien arraigado en los estudios jurídicos de Derecho privado europeo. El libro “Hacia un Código Civil Europeo”, editado por Arthur S Hartkamp y otros, se publicó por primera vez en los Países Bajos en 1994. En una conferencia celebrada en Scheveningen, cerca de La Haya, en 1997, por invitación del Gobierno neerlandés y bajo la entonces Presidencia neerlandesa del Consejo de la Unión Europea, la realización de un Código Civil Europeo recibió un amplio apoyo de los participantes, entre los que se encontraban muchos miembros de la Comisión Lando y otros muchos destacados estudiosos del Derecho comparado. En 1999 se creó el Grupo de Estudio sobre un Código Civil Europeo. La limitación más importante para la viabilidad de un Código Civil Europeo es la falta, en gran medida, de un método jurídico europeo común. El ímpetu político que subyace a la idea de un Código Civil Europeo se pone de manifiesto en la enorme cantidad de documentos publicados por las distintas instituciones de la UE sobre el tema.

Principios del Derecho Contractual Europeo

Historia de Europa y Unión Europea

Principios del Derecho Contractual Europeo (“acquis principles”, o PECL) Este elemento es una ampliación de las guías y los cursos de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre los Principios del Derecho contractual europeo (PECL, por sus siglas en ingles), o principios del Derecho europeo de los contratos. Puede ser también de interés: El Código … Leer más

Uniformidad en la Convención sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías

globalización

Comparado con la “Babel de diversos sistemas legales nacionales” que reemplazó, la Convención representa un gran progreso hacia un derecho internacional de ventas uniforme. Sin embargo, no lo hace y no pudo lograr una perfecta uniformidad. El principio de uniformidad del Artículo 7 (1) reconoce este logro significativo pero incompleto. No exige un enfoque absolutista de la uniformidad, sino que requiere un proceso y una mentalidad: un “respeto” por “la necesidad de promover la uniformidad”. Este mandato está en consonancia con el hecho de que la Convención será aplicada por sistemas judiciales autónomos y tribunales arbitrales que no responden ante una única autoridad final. Los intentos de promover una visión más autoritaria de uniformidad en la Convención no solo malinterpretan el Artículo 7, sino que también pueden ser perjudiciales en un sentido más amplio, y pueden sacrificar el desarrollo, a veces lento, de principios bien concebidos y justos a la conformidad absoluta.

La implementación del principio de uniformidad del Artículo 7 según lo descrito aquí podría ser un paso importante para difundir la aceptación de una metodología de derecho internacional, una metodología que, al exigir el conocimiento y el respeto (pero no necesariamente la sumisión a) las perspectivas de los sistemas legales más allá de las fronteras nacionales, abre el camino a empresas más ambiciosas en el derecho internacional. La aceptación internacional de las mismas reglas nos da un medio común para la comunicación, una lingua franca, para el intercambio internacional de experiencias e ideas. No es demasiado esperar que este diálogo contribuya a una Un enfoque más cosmopolita e ilustrado de la ley.

A lo largo del trabajo sobre leyes uniformes, los realistas nos han dicho: incluso si obtienes leyes uniformes, no obtendrás resultados uniformes. La unificación internacional es imposible. Pero antes de que nos desesperemos, quizás deberíamos considerar las alternativas: reglas de conflicto que no están claras y varían de un foro a otro; Sistemas nacionales de derecho sustantivo expresados ​​en doctrinas e idiomas que, para muchos de nosotros, son impenetrables. La pregunta relevante es seguramente esta: ¿es posible hacer que la ley para el comercio internacional sea un poco más accesible y predecible?

Las mejoras en la accesibilidad y la previsibilidad de la ley que rige el comercio internacional no solo son posibles, sino que a través de los esfuerzos de quienes participan en la CISG se han logrado en un grado mucho mayor de lo que cualquiera de nosotros podría razonablemente han esperado cuando comenzó el trabajo sobre la Convención. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Hacienda Pública en el Siglo XIX

dinero, banca

Este texto se ocupa de la Hacienda Pública en el siglo XIX. Se hace con una breve reseña histórica de este periodo, e el contexto de la economía política de la fiscalidad. Se examina el periodo anterior a la guerra (1820-60). A continuación, se examina el periodo de posguerra (1868-1910).

Derecho Internacional de Sociedades

dinero y finanzas

Este texto se ocupa del derecho internacional de sociedades. A lo largo de la historia, el derecho internacional de sociedades se ha enfrentado a la cuestión de si la existencia legal de una sociedad está determinada por el lugar de su constitución (teoría de la constitución) o de su oficina administrativa real (teoría de la sede real). Mientras que los sistemas jurídicos de los países del common law siguen tradicionalmente la teoría de la constitución, la mayoría de los países de Europa continental prefieren la vinculación a la sede real (Alemania, Francia, Italia; pero no Suiza, Dinamarca ni los Países Bajos). Sería ventajoso que la conexión básica del Derecho internacional de sociedades, así como los problemas subsiguientes relativos a la determinación del ámbito de la ley aplicable, pudieran regularse mediante el Derecho secundario de la UE.

Código Civil Alemán

Europa

Código Civil Alemán (BGB) Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre el Código Civil Alemán. Puede interesar también el contenido de los Principios de Derecho Europeo de la Responsabilidad Civil, el estudio de los Códigos de los Sistemas de Derecho Civil, y acerca de … Leer más