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Responsabilidad Vicaria

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La idea de la responsabilidad vicaria no es reciente. Bajo el derecho romano, el pater familias era estrictamente responsable de todos los actos torticeros cometidos por los miembros de la familia y los esclavos; conocido como “responsabilidad noxal”, este principio estaba en armonía con las opiniones económicas y sociales de la época. El padre de familia podía satisfacer la reclamación de un agraviado pagando una determinada multa monetaria o entregando a la persona que había causado directamente la pérdida o el daño en cuestión. El problema de la responsabilidad por los actos de otros, además, se pasó repetidamente en situaciones en las que existían obligaciones contractuales (o de otro tipo) entre las partes en el momento de la conducta que dio lugar al daño o la pérdida. Los casos romanos de responsabilidad vicaria, incluida la responsabilidad del publicanus, nauta, caupo y stabularius y la actio de effusis vel delectis, se adoptaron posteriormente en gran medida en el ius commune. Varios estatutos regionales reconocieron también casos de responsabilidad vicaria, incluida la responsabilidad del propietario de una casa por los daños o pérdidas causados por un incendio que se propagara desde su casa a la propiedad de un vecino. Sin embargo, debido a que la responsabilidad noxal, que había sido el caso romano central de responsabilidad vicaria, había quedado obsoleta con la abolición de la esclavitud, los autores del ius commune no se pusieron de acuerdo sobre cómo debía cerrarse la laguna resultante en el sistema de responsabilidad.

Principios de Derecho Europeo de la Responsabilidad Civil

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Responsabilidad civil (liability) en Derecho de Seguros de Estados Unidos Definición de Responsabilidad civil (liability) en la temática del Seguro en su ámbito jurídico americano: La obligación que uno tiene para reparar los daños que por negligencia causó a otro. Concepto y Caracteres de […]

Responsabilidad Extracontractual

Natural

La Responsabilidad Civil Extracontractual o Aquiliana Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre Responsabilidad Civil Extracontractual o Aquiliana. Tipos de Responsabilidad Civil de los Profesionales Sanitarios Nota: Sobre los Tipos de Responsabilidad Civil de los Profesionales Sanitarios, véase aquí. La responsabilidad civil puede ser … Leer más

Responsabilidad del Heredero

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Este texto se ocupa de la responsabilidad del heredero y su debate. Al intentar evaluar los dos enfoques diferentes de la responsabilidad de los herederos en Europa, probablemente habrá que decir que la actitud favorable a los herederos del Derecho inglés y escandinavo va de la mano de unos costes más elevados en lo que respecta a la administración y de restricciones a la libertad en la administración de la herencia. Por lo tanto, no puede sorprender que un examen más detenido revele múltiples y diferenciadas posibilidades de pasar de un modo de liquidación de la herencia a otro, de modo que, en la práctica, las distintas soluciones europeas para el problema de la responsabilidad de los herederos no distan tanto entre sí.

Principios de la Responsabilidad Parental

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El concepto de responsabilidad parental elaborado por los instrumentos internacionales y utilizado en el PEFLPR es muy amplio y va mucho más allá de la designación de los poderes y deberes confiados a los padres sobre sus hijos. En primer lugar, incluye no sólo el poder y el deber de cuidar de un hijo en el sentido más amplio, de tomar decisiones y, en caso necesario, de llevarlas a cabo frente a terceros, sino también el derecho a determinar la residencia del hijo y a mantener relaciones personales con él cuando proceda (Art 1(2)(a) Bruselas IIbis; Principio 3:1 PEFLPR). Además, y de acuerdo con este significado ampliado, la responsabilidad parental puede recaer en personas distintas de los padres del niño (por ejemplo, abuelos, padrastros, padres de acogida, instituciones públicas). Las cuestiones jurídicas más importantes y controvertidas que plantea la responsabilidad parental afectan a: (i) la determinación de las condiciones para su atribución y ejercicio, en particular si la paternidad y la maternidad no se establecieron inmediata y simultáneamente en el momento del nacimiento del niño o si los padres no están casados, y también tras la separación o el divorcio de los padres; (ii) la posibilidad y, en su caso, las condiciones para atribuir la responsabilidad parental a personas distintas de los padres legales, así como la posibilidad de dividir las funciones de la responsabilidad parental para permitir su ejercicio parcial por otras personas (por ejemplo, padrastros, parientes, padres de acogida); (iii) la delimitación de su contenido y su coordinación con el reconocimiento de ámbitos en los que los niños pueden disfrutar de cierta libertad para tomar decisiones autónomas con el fin de facilitar su desarrollo personal; (iv) los criterios que deben regir su suspensión y descarga, en caso de que el interés superior del niño así lo exija. Aparte de estas cuestiones, existe también una gran preocupación por la atribución y el ejercicio de ciertas formas de responsabilidad parental.

Responsabilidad Civil

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Acción Judicial

Crisis

Este texto se ocupa de la “Acción judicial”. El derecho a emprender acciones legales para obtener protección judicial se garantiza a toda persona, en la mayoría de las jurisdicciones, basándose en la mera afirmación de que su derecho ha sido violado. La acción se identifica, por tanto, en la facultad procesal -distinta del derecho subjetivo sustantivo que se protege- de obtener el pronunciamiento de una medida jurisdiccional de protección sobre el fondo del derecho subjetivo que la persona que ejerce la acción (demandante) afirma que ha sido vulnerado. Para que el ejercicio de la acción dé lugar a una resolución sobre el fondo por parte del tribunal, deben cumplirse ciertos requisitos procesales (requisitos previos al procedimiento) y sustantivos (condiciones de la acción).

Acción Penal

Las características esenciales del proceso penal son objeto de un profundo estudio y crítica por parte de la doctrina y de la jurisprudencia, en razón de la conexión directa de la institución con los principios fundamentales consagrados en nuestra Carta Constitucional, de proteger a la persona así como a la comunidad. Y del mismo modo, si por un lado el principio de la exclusividad de la acción penal del fiscal parece sacrosanto, por otro lado es indispensable identificar una forma adecuada de control que garantice su correcta y justa gestión para proteger, ciertamente, la obligatoriedad de la acción, pero al mismo tiempo también el derecho a la igualdad, en su acepción positiva pero también negativa. Por tanto, una forma de control que no prive al órgano judicial de su imprescindible poder discrecional, pero que al mismo tiempo prescinda de las presunciones propias de un sistema que es presagio de un peligroso automatismo. Queda la esperanza, por supuesto, de que las constantes elaboraciones doctrinales y jurisprudenciales acaben conduciendo a un sistema normativo que satisfaga las necesidades comunes, respetando los principios y derechos fundamentales consagrados en nuestro ordenamiento jurídico. La “tutela concreta” que implica el derecho de “acción” sería la potestad para solicitar a un tribunal el ejercicio de su función propiamente jurisdiccional, que no posee cualquier fin sino el específico de dirimir un litigio de naturaleza determinada.

Acción por Responsabilidad Civil

En el derecho de sociedades, cualquier accionista puede ejercer los derechos y acciones que corresponden al grupo de socios. De este modo, puede exigir la responsabilidad de los directivos de la empresa. Esta ventaja se justifica por el hecho de que estos últimos son los únicos que tienen derecho a representar a la empresa ante los tribunales, por lo que si han cometido una falta con respecto a la empresa, no serán proclives a tomar la iniciativa de una acción dirigida contra uno u otro o contra todos ellos. Inicialmente reservada a los accionistas de las sociedades anónimas, esta acción se extendió posteriormente a todo tipo de sociedades.

Responsabilidad

La responsabilidad es la situación en la que una persona está obligada por una ley o un reglamento administrativo a pagar una contribución financiera a un fondo público. En el derecho de la seguridad social, la responsabilidad es la relación obligatoria entre las personas que reciben una remuneración en virtud de un contrato de trabajo y el sistema de seguridad social. Esta situación, que es una cuestión de orden público, les obliga a estar inscritos en el sistema de seguridad social establecido por el Estado. La existencia de una relación laboral depende de las condiciones de hecho en las que se desarrolla la actividad del interesado. La responsabilidad subjetiva nació y se desarrolló en la era agraria. Entonces, era posible imponer la responsabilidad como consecuencia de un juicio moral y social fundado en la culpa y el dolo, los únicos factores capaces de atribuir responsabilidad. No tenía demasiada importancia el daño no provocado por el dolo o la culpa, ya que era mínimo y tolerado como un designio de Dios o del azar. La sociedad agraria no ofrecía problemas complejos en materia de prueba del elemento subjetivo y los daños que cubría correspondía a los que realmente se causaban. La aparición de la máquina a vapor abre paso a la era industrial. La responsabilidad, ahora, no se extiende solo a los actos propios, sino también por los actos de aquellos por los cuales respondemos e incluso por las cosas que están bajo nuestro cuidado. El acento de la responsabilidad se pone sobre las cosas que detentamos. Nace entonces la teoría del riesgo (…), y con ella aparece la responsabilidad objetiva, al margen de la culpa y el dolo. La responsabilidad se concibe, ahora, sobre la base de la causalidad material absoluta. A la era industrial, le ha sucedido la era tecnológica, que presenta otros riesgos y otro tipo de daños, muchos de ellos difusos, de fuentes múltiples y encubiertas.

Acción Civil

Definición de ACCIÓN CIVIL en Derecho español La que corresponde a una persona para exigir judicialmente sus derechos de índole privada. En la jurisdicción penal, nace para la restitución de la cosa, la reparación del daño, y la indemnización de perjuicios causados por el hecho punible, […]

Responsabilidad Criminal

Responsabilidad Criminal en el Derecho Penal El Diccionario Jurídico Espasa (2001) hace el siguiente tratamiento de este término jurídico: Nota: Esta sección es una continuación de la entrada con el mismo nombre localizada en la Enciclopedia Jurídica española. 4) El perdón del ofendido cuando […]