Injuria
Este texto se ocupa de la injuria, como expresión proferida o acción ejecutada en deshonra, descrédito o menosprecio de otra persona. En muchos países, es un delito privado, solo perseguible mediante querella de la parte ofendida. Como consecuencia, no basta la simple denuncia del hecho para su castigo. La calumnia y la injuria son las subcategorías legales de la difamación. En general, la calumnia es la difamación con palabras escritas, imágenes o cualquier otro símbolo visual en un medio impreso o electrónico (en línea o en Internet). La calumnia es la difamación hablada. El advenimiento de las primeras comunicaciones de radiodifusión (radio y televisión) han tenido un fuerte impacto en el delito de injuria. En materia de responsabilidad civil (en especial, de la protección del honor, la reputación y la intimidad) se mantiene, en algunas jurisdicciones (como la de Inglaterra y Gales) la antigua distinción entre libelo y calumnia (materia difamatoria de forma permanente y transitoria, respectivamente); el demandante no tiene derecho a asistencia jurídica (con la consecuencia práctica de que sólo las personas adineradas pueden permitirse demandar); y la acción puede prosperar sin ninguna prueba de daño especial.