▷ Sabiduría semanal que puedes leer en pocos minutos. Añade nuestra revista gratuita a tu bandeja de entrada. Lee gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Liderazgo, Dinero, Startups, Políticas, Ecología, Ciencias sociales, Humanidades, Marketing digital, Ensayos, y Sectores e industrias.

Incoercibilidad

Se presentan dos definiciones sobre este término: Esta palabra significa que su cumplimiento ha de efectuarse de manera espontánea, podemos citar el ejemplo de un pordiosero que nos implora una limosna, la máxima que ordena proteger al necesitado, es ayudarlo en forma espontánea; pero si […]

Actores no Estatales

Los entusiastas de la globalización ven a los actores sociales privados como creadores de redes a través de las fronteras, que promueven entendimientos compartidos, incluso la solidaridad internacional. Los realistas de línea dura, por otro lado, ven a las ONG bien como organizaciones de fachada que ocultan los intereses de determinados Estados, bien como revolucionarios en potencia, que tratan de socavar la solidaridad nacional y la estabilidad del sistema estatal. Realistas e idealistas se unen en su ambivalencia sobre los actores económicos transnacionales -bancos y empresas multinacionales (EMN)- como transmisores tanto de inversión como de influencia, como portadores tanto de modernización como de intervención exterior. En lugar de investigar el mundo como un escenario dominado puramente por el Estado o como un lugar sin autoridad estatal, el tema principal de los actores no estatales, a menudo, es el estudio tanto del Estado como de la gran variedad de autoridades no estatales y su relación entre sí.

Actividades Armadas en el Territorio del Congo

El 23 de junio de 1999, la República Democrática del Congo (RDC) inició un procedimiento contra Burundi, Uganda y Ruanda por agresión armada cometida en violación de la Carta de las Naciones Unidas y de la Carta de la Organización de la Unidad Africana (OUA). En su solicitud contra Uganda, la RDC basó la jurisdicción en las declaraciones realizadas en virtud del artículo 36(2) del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia (la Cláusula Facultativa). En su demanda contra Ruanda y Burundi, la RDC basó su jurisdicción en el artículo 36(1) del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, en la Convención sobre la Tortura del 10 de diciembre de 1984 (1465 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 85) (véase Tortura, Convención contra), y en el Convenio de Montreal para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Aviación Civil del 23 de septiembre de 1971 (974 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 177) (véase Convenio de Montreal (Sabotaje)); y también en el apartado 5 del artículo 38 del Reglamento de la Corte de 1978, enmendado (Actas y Documentos de la Corte Internacional de Justicia núm. 6), en lo que respecta al consentimiento a la jurisdicción que aún no se ha dado. La RDC acusó a las tropas ugandesas, ruandesas y burundesas de invadir el territorio congoleño y de violar, entre otras cosas, la soberanía congoleña. La RDC solicitó a la Corte que adjudicara y declarara que Burundi, Uganda y Ruanda eran culpables de actos de agresión; que habían violado y seguían violando los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 (75 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 31 y ss.) y sus Protocolos Adicionales del 8 de junio de 1977 (1125 Serie de Tratados de las Naciones Unidas 1947- 3 y ss. ); que su acción forzosa contra la presa hidroeléctrica de Inga y su corte de electricidad habían provocado muertes en Kinshasa y sus alrededores; y que el derribo de un Boeing 727 de Congo Airlines el 9 de octubre de 1998 provocó la muerte de 40 civiles y violó el derecho internacional de la aviación. La RDC también solicitó que la Corte ordenara la retirada de estas tropas y la concesión de una indemnización. El 19 de junio de 2000, la RDC, en su caso contra Uganda, presentó una solicitud de indicación de medidas provisionales, afirmando que la reanudación de los combates entre las tropas armadas de Uganda y otro ejército extranjero había provocado daños en el territorio y la población congoleños. El I de julio de 2000, la Corte (por unanimidad) indicó medidas provisionales contra Uganda, exigiendo a las partes que se abstuvieran de realizar más acciones armadas, que cumplieran con las restricciones de la Carta de la ONU y de la Carta de la OEA y que garantizaran el pleno respeto de los derechos humanos y del derecho humanitario en la zona de conflicto: 2000 Rep. de la Corte Internacional de Justicia 111. El 30 de enero de 2001, la Corte ordenó el cese de los procedimientos contra Ruanda y Burundi a petición de las partes. El caso contra Uganda sigue en la lista de la Corte.

Coercibilidad

Este texto se ocupa de la coercibilidad, que consiste en la posibilidad de constreñir al obligado a que cumpla la con su obligación, si no lo hace de forma voluntaria. Lo anterior no significa que la norma jurídica deba ser impuesta siempre por la fuerza. Coercibilidad a menudo significa la potencialidad de provocar o ganar mediante la presión, la amenaza o la fuerza; en otras palabras, coaccionar un acuerdo entre las partes; o coaccionar una confesión del sospechoso.

Genocidios en la Historia

El intento deliberado de erradicar un pueblo (a menudo un grupo nacional, étnico o religioso). Sólo tres genocidios se han producido en África, según un amplio consenso. En “El genocidio en la era del Estado-nación, vol. 2: el ascenso de Occidente y la llegada del genocidio” (2005), Levene sostiene que este enfoque no comprende sus verdaderos orígenes. El genocidio se desarrolló a partir de la modernidad y la lucha por el Estado-nación, ambas experiencias esencialmente occidentales. Fue la expansión europea en todos los hemisferios entre los siglos XV y XIX la que proporcionó el principal estímulo a sus manifestaciones anteriores a 1914. Un resultado crítico, en la cúspide de la modernidad, fue la destrucción revolucionaria francesa de la Vendée. Levene concluye este volumen en la línea divisoria de 1914 con los efectos desestabilizadores del “ascenso de Occidente” en los antiguos imperios otomano, chino, ruso y austriaco.

▷ Recibe gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Dinero, Políticas, Ecología, Liderazgo, Marketing digital, Startups, Ensayos, Ciencias sociales, Derecho global, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack. Cancela cuando quieras.