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Movimiento de Consumidores

mujer de color en una tienda

Desde la década de 1960, el movimiento de los consumidores de Estados Unidos ha incorporado el concepto de los derechos del consumidor a la corriente económica. También ha ampliado su misión. En la actualidad, muchas agrupaciones de consumidores especializadas defienden la mejora de la atención sanitaria, la seguridad de los productos y los alimentos, la nutrición y el etiquetado nutricional, la veracidad de la publicidad, los servicios financieros, el telemarketing y la protección del medio ambiente. El movimiento de los consumidores ha ganado un peso considerable. La influencia del movimiento aumentó a medida que se profesionalizaba, se financiaba mejor y se apoyaba tanto en la opinión pública como en la legislación. Hoy en día, algunas agrupaciones de consumidores emplean a investigadores, científicos, ingenieros y otros expertos, lo que aumenta su legitimidad. Las agrupaciones de consumidores también emplean a grupos de presión profesionales y abogados para apoyar los intereses de los consumidores a través de la legislación y los litigios. Consumers International, originalmente llamada Organización Internacional de Uniones de Consumidores, fue fundada en 1960 para unificar las voces de los consumidores de todo el mundo. CI ayudó a idear, y actualmente apoya, la aplicación de las Directrices de las Naciones Unidas para la Protección de los Consumidores, adoptadas por las Naciones Unidas en 1985. Estas directrices de la ONU ampliaron los cuatro derechos del consumidor nombrados por el presidente John F. Kennedy en su Declaración de Derechos del Consumidor para los estadounidenses de 1962. A principios de la década de 2010, Consumers International contaba con más de 240 organizaciones repartidas en 120 países.

Epistemología de la Virtud

Este texto se ha centrado en la epistemología de la virtud. Se desarrolla un relato de la derrota para la epistemología de la virtu, un relato de los derrotadores como prueba de que el intento, o al menos el intento de cierta manera, no tiene éxito. Además, este texto argumentó a favor de un relato de la derrota que es normativo en el sentido de que un derrotador derrota alguna justificación que uno tiene cuando es epistémicamente apropiado que uno tenga el derrotador. Este texto mostró que esta cuenta puede acomodar casos plausibles en los que la derrota socava la competencia de los intentos tanto en epistemología como fuera de ella. También el texto argumentará que la normatividad de las proficiencias permite a algunos epistemólogos desarrollar un relato de las condiciones bajo las cuales es epistémicamente apropiado para algunos epistemólogos tener derrotadores incluso cuando no estamos en alguna relación psicológica con ellos.

Externalismo en Epistemología

Este texto se ha centrado en los relatos externalistas de la derrota. Varios epistemólogos han aceptado este reto para motivar la combinación de una epistemología externalista con un relato internalista de la derrota. Aun así, una vez que nos damos cuenta de que debemos dar cabida a la derrota externa en nuestra epistemología, las perspectivas de este tipo de visión parecen cada vez menos halagüeñas. En consecuencia, este texto se ha centrado en las epistemologías externalistas que pueden ofrecer un enfoque más optimista de la derrota externa. Más concretamente, este texto ha examinado dos enfoques que pueden acomodarse a la derrota externa apelando a procesos (Goldman) o medios (Sosa) alternativos disponibles.

Internalismo en Epistemología

Este texto ha proporcionado razones para pensar que cualquier epistemología adecuada de la derrota debe permitir la existencia de la derrota externa. Puesto que el internalismo sobre la derrota es incompatible con la existencia de la derrota externa, hay razones para pensar que este punto de vista es falso.

Fracaso

Fracaso del mercado en economía En inglés: Market Failure in economics. Véase también acerca de un concepto similar a Fracaso del mercado en economía. Introducción a: Fracaso del mercadoen este contexto El fallo de mercado se produce cuando hay muy pocos mercados, un comportamiento no […]

Fatalismo

Determinismo en 1948 Decía Guillermo Díaz en su Diccionario Político que Determinismo es: Teoría filosófica que atribuye la causa de los hechos o de las acciones humanas a determinadas influencias fatales que pueden ser de carácter físico o mecánico psicofisiológicas psicológicas y también […]

Belicismo

Militarismo: Introducción al Concepto Jurídico De acuerdo con Eduardo Jorge Arnoletto: El militarismo es una corrupción del modo militar de actuar.(Vagts) El militarismo es un vasto conjunto de fenómenos, asociados con las armas y la guerra, pero que trascienden los objetivos puramente […]

Militarismo

Militarismo: Introducción al Concepto Jurídico De acuerdo con Eduardo Jorge Arnoletto: El militarismo es una corrupción del modo militar de actuar.(Vagts) El militarismo es un vasto conjunto de fenómenos, asociados con las armas y la guerra, pero que trascienden los objetivos puramente […]

Derrotabilidad

La derrota es la pérdida de justificación para creer algo a la luz de nueva información. La derrota ocupará un lugar central en este texto y otros de la presente plataforma digital sobre la epistemología de la derrota. Hay una clase de derrotadores que sólo atacan al conocimiento, dejando intacta la justificación de nuestras creencias. Los derrotadores (puros) del conocimiento han sido de especial interés para los defensores de los relatos de la derrotabilidad del conocimiento, que pretenden resolver el problema de Gettier (1963) invocando la derrota.

Internalismo contra Externalismo en Epistemología

Dados los resultados de nuestra discusión sobre el Evidencialismo y el Reliabilismo, en particular el principal problema no resuelto del Reliabilismo, el enfoque más prometedor para la justificación parece ser el Evidencialismo. Por lo tanto, adoptaremos este tipo de enfoque en el resto de nuestras discusiones. Nuestra adopción de un marco Evidencialista se apoya en tres muy buenas razones. Primero, simplemente será útil trabajar con una teoría epistémica particular como guía en nuestras discusiones posteriores. Hacerlo nos ayudará a orientarnos en los puntos relevantes de las discusiones más fácilmente. En segundo lugar, como ya se ha señalado, parece que el Evidencialismo es más adecuado para responder a las objeciones que se le plantean que el Reliabilismo para sus objeciones. En tercer lugar, aunque uno sigue sin estar convencido de que el Evidencialismo es la teoría epistémica superior, casi todo el mundo está de acuerdo (¡incluidos los Reliabilistas!) en que cuando estamos discutiendo la aceptación de las teorías científicas y nuestros conocimientos científicos nos preocupan las pruebas que tenemos. No nos preocupa tanto la fiabilidad de los procesos cognitivos de los teóricos que llegan a una teoría científica. En cambio, nos preocupan las pruebas que tienen los teóricos y las pruebas que se pueden proporcionar en apoyo de sus teorías. Por lo tanto, incluso si uno no aprueba el Evidencialismo como una imagen general de la naturaleza de la justificación, el tipo de imagen de la justificación que el Evidencialismo proporciona parece ser claramente lo que nos preocupa cuando discutimos el conocimiento científico.

Organizaciones de la Sociedad Civil

Este texto se ocupa de las “Organizaciones de la sociedad civil”, como grupos no gubernamentales y sin fines de lucro que trabajan para mejorar la sociedad. organizaciones de la sociedad civil

Libertad de Opinión

Libertad de opinión Libertad de opinión en el derecho chileno Libertad de opinión en el derecho chileno en la Enciclopedia Jurídica Omeba Véase: Entradas de la Enciclopedia Jurídica Omeba Enciclopedia Jurídica Omeba (incluido Libertad de opinión en el derecho chileno) Traducción al Inglés En […]

Cosmopolitismo

El cosmopolitismo significa literalmente la creencia en una cosmópolis o ‘estado mundial’. El cosmopolitismo moral es la creencia de que el mundo constituye una única comunidad moral, en la que las personas tienen obligaciones (potencialmente) hacia todas las demás personas del mundo, independientemente de su nacionalidad, religión, etnia, etc. Todas las formas de cosmopolitismo moral se basan en la creencia de que todos los individuos tienen el mismo valor moral, lo que suele estar relacionado con la doctrina de los derechos humanos. También se llama, el derecho cosmopolita, como “derecho de visita o de circulación’ por todo el mundo. El sentido de ello es considerar que el planeta es de todos, de toda la humanidad; esta es la base del derecho de ciudadanía mundial, muy en consonancia con el cosmopolitismo ilustrado. Quien viola el derecho cosmopolita es quien hostiga a los que vienen de fuera, quienes son inhospitalarios con los extranjeros (xenofobia). Las relaciones entre individuos y Estados como miembros de una comunidad mundial (o global) nos otorga el derecho de ciudadanía mundial. Kant consideraba que un Derecho Cosmopolita como el señalado era un requisito indispensable para lograr una paz duradera y planetaria. Esta entrada afirma que existe una clara relevancia moral para el cosmopolitismo, a saber, su valor para establecer y asegurar una paz posiblemente perpetua, tal como lo prevé Kant. Sin embargo, tal vez un estado mundial (o global) no es deseable ni factible, y por lo tanto el derecho internacional constituye la mejor opción de que disponemos actualmente para fundar una “civitas maxima epistemica” a través de medios legales, como sugiere Kelsen. El punto crucial de este cosmopolitismo judicial es que solo el respeto del derecho internacional en la solución de controversias y su supremacía sobre el derecho interno en conflicto -es decir, el monismo bajo la primacía del derecho internacional- puede asegurar interacciones sociales civilizadas y despolitizadas entre los Estados. [rtbs name=”mundo”] Al recurrir a una tercera autoridad superordinada, a saber, la ley, los Estados pueden extenderse a los demás, superando así el egoísmo y el solipsismo de la soberanía estatal ciega. Un ordenamiento jurídico mundial (o global) que reivindica el monopolio de la fuerza tiene un buen sentido moral y puede explicarse sobre la base de un valor interno del derecho, mientras que la elección de otra cosa que no sea el monismo en virtud de la primacía del derecho internacional solo puede defenderse sobre la base de valores ajenos al ideal de la legalidad. Esta conclusión implica que los Estados tienen el deber moral de apoyar el crecimiento de tal orden o de proporcionarnos un argumento moral sustantivo para su posición sobre por qué la paz legal a nivel internacional sería indeseable. Por último, como demuestra una visión constructivista de las relaciones internacionales (más detalles sobre relaciones internacionales y las tensiones geopolítica en nuestra plataforma), es posible que los Estados construyan socialmente un sistema internacional que no esté conformado por fuerzas materialistas tales como el poder, los intereses y la geografía, sino por ideas, conceptos y normas, en particular un orden jurídico internacional global y una visión monista bajo la primacía del derecho internacional. Esto subraya aún más que los Estados tienen el deber moral de lograr una palabra mejor y más pacífica. Por lo tanto, el cosmopolitismo judicial no solo es deseable, sino que también se hace factible bajo un enfoque monista centrado en el derecho internacional.

Campaña de Sensibilización

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