La responsabilidad nacional e internacional del Estado constituye una institución central del sistema de derecho internacional público. El derecho de responsabilidad del estado, en su vertiente más global y transnacional, abarca una variedad de cuestiones. En primer lugar, define las circunstancias en las que se considerará que un estado ha incumplido sus obligaciones internacionales, así como el limitado catálogo de justificaciones y defensas en que puede confiar un estado para evitar la responsabilidad por un acto que de otra manera sería ilícito. En segundo lugar, cubre las consecuencias del incumplimiento de una obligación internacional, incluida en particular la obligación central de reparar íntegramente, así como la obligación de poner fin a la continuación de actos ilícitos (véase respecto a su supresión; se trata de actos que tratan de ser desviados, dolosa o culposamente, de su finalidad; ver también actos ilícitos unilaterales y actos ilícitos de comercio). Finalmente, trata de la forma en que se implementa la responsabilidad que se deriva del incumplimiento de una obligación internacional, en particular el gobierno de los estados que pueden invocar la responsabilidad del Estado infractor, así como los medios por los cuales se puede implementar la responsabilidad, en particular a través de la adopción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). de las contramedidas. El principal punto de referencia en relación con la ley de responsabilidad del estado son los Artículos sobre la Responsabilidad de los Estados por Actos Injusta Internacionalmente (los Artículos de la ILC), adoptados por la Comisión de Derecho Internacional (ILC) en 2001, que constituyen el fruto de la ILC. Intentar codificar y desarrollar progresivamente la ley en esta área. El trabajo de la ILC sobre el tema ha ejercido una profunda influencia en el establecimiento de los términos del debate. Desde 2001, la discusión de temas particulares de responsabilidad del estado generalmente se ha enmarcado por, o es claramente una reacción a, el enfoque adoptado por la ILC. Incluso antes de 2001, y en particular desde principios de la década de 1970, gran parte de la literatura discutía cuestiones de responsabilidad estatal, principalmente por referencia al estado del trabajo de la ILC en su momento. En la medida en que el enfoque de la ILC sobre preguntas específicas evolucionó a lo largo de su trabajo, es necesario tener precaución al referirse a la literatura más antigua. Sin embargo, esto no quiere decir que la literatura anterior a la adopción de los Artículos de la ILC haya sido completamente sustituida. En relación con una serie de cuestiones, en particular las de la teoría de la responsabilidad estatal, parte de la literatura más antigua sigue siendo de gran relevancia. De manera similar, en la medida en que las preguntas particulares, por ejemplo, la noción de “delitos de estado” o la clasificación de obligaciones, finalmente no se incluyeron en la versión final de los Artículos de la ILC, la literatura más antigua sigue siendo la principal fuente de referencia.