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Principios sobre los Contratos Comerciales Internacionales

globalización

Los Principios de UNIDROIT sobre los Contratos Comerciales Internacionales (PICC, por sus siglas en inglés) son el intento más exitoso, hasta la fecha, de codificar normas transnacionales sobre el derecho de los contratos comerciales internacionales. Los trabajos en curso se llevan a cabo bajo los auspicios del Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT) y se ha dicho que reflejan la tradición de la lex mercatoria y siguen el espíritu de las restatements estadounidenses a nivel mundial. Sus raíces se remontan al trabajo comparativo de Ernst Rabel para UNIDROIT sobre la compraventa internacional de mercaderías en 1935, que finalmente desembocó en los Convenios de La Haya y las Leyes Uniformes de 1964. En 1968, UNIDROIT lanzó la idea de un código no vinculante que iría más allá de la compraventa de mercancías y que reflejaría los principios generales derivados de las leyes contractuales de los distintos países para constituir una especie de parte general de un código de comercio internacional uniforme.

Sucesiones en Derecho Internacional Privado

Economía política y derecho internacional

En el contexto del derecho internacional y comparado, este texto se ocupa de las sucesiones en derecho internacional privado. Salvo una única excepción, los convenios internacionales sobre sucesiones transfronterizas no han tenido mucho éxito. El exhaustivo Convenio de La Haya de 1989 sobre sucesiones (Convenio sobre la ley aplicable a las sucesiones por causa de muerte) sólo fue adoptado unilateralmente por los Países Bajos; el Convenio inspiró, sin embargo, algunas de las codificaciones recientes de Derecho internacional privado, por ejemplo en Finlandia. Otros convenios tratan sólo algunos aspectos de las sucesiones transfronterizas y fueron igualmente aceptados sólo a regañadientes por la comunidad internacional. El Convenio de La Haya de 1973 sobre la administración internacional de las sucesiones también es relevante. La decisión entre el principio de nacionalidad y el de residencia no es fácil y constituye una de las controversias generales clásicas del derecho internacional privado. En el ámbito de los testamentos y las sucesiones, la decisión no puede basarse en los intereses vitalicios del difunto.

Fuentes del Derecho Internacional Privado

Occidente

Se pueden identificar dos escuelas de pensamiento con respecto al derecho privado en el plano internacional. Mientras que la escuela positivista clásica sólo reconoce los tratados internacionales como fuente de derecho, una segunda escuela se refiere también a las normas no estatales que rigen el comercio internacional u otras relaciones privadas internacionales. Los candidatos a tales normas no estatales de derecho internacional son los principios generales del derecho y la lex mercatoria. No se debe exigir que las fuentes no estatales del derecho internacional o “transnacional”, especialmente los principios generales del derecho o la lex mercatoria, estén reconocidas en todos los Estados miembros de la Unión Europea para que se caractericen como fuentes del derecho privado europeo.

Ciudadanía Europea

Europa y comercio

La “ciudadanía de la Unión Europeo” como derecho fundamental de los ciudadanos de la UE económicamente inactivos
Una cierta generalización y extensión siguió al acervo comunitario en lo que respecta al establecimiento de una ciudadanía de la Unión Europea en el Art 8 CE (1992) en su versión de Maastricht. En su versión original rezaba: “Se establece la ciudadanía de la Unión Europea. Será ciudadano de la Unión toda persona que ostente la nacionalidad de un Estado miembro. La ciudadanía de la Unión Europea será complementaria y no sustitutiva de la ciudadanía nacional”. El artículo 20 del TFUE/17 CE en la versión de Ámsterdam añadió el apartado 2 que reza: “Los ciudadanos de la Unión Europeaserán titulares de los derechos conferidos por el presente Tratado y estarán sujetos a los deberes que éste impone”. El artículo 20 TFUE/17 CE revisado (DO C 290 de 30 de noviembre de 2009) establece: “La ciudadanía de la Unión se añade a la ciudadanía nacional y no la sustituye”.

Historia de la Codificación

libros

En el trabajo El Código Inexistente. Por una Historia Conceptual de la Cultura Jurídica en la España del Siglo XIX, su autor, Carlos Petit, de la Universidad Autónoma de Barcelona, afirma lo siguiente: Pero el código no es una ley cualquiera. Con su título preliminar por delante resulta una […]

Relaciones Jurídicas Especiales en Derecho Internacional Privado

Interior

La evolución de las normas de conflicto multilaterales o bilaterales en la segunda mitad del siglo XIX tiene en cuenta la necesidad de seguridad de las transacciones de la sociedad burguesa europea y, al mismo tiempo, es una respuesta a la nacionalización del derecho privado que comenzó con el Código Napoleón en 1804 (Código civil) y que continuó en muchos países continentales. La derogación del ius commune por los códigos civiles ya no permitía recurrir a los principios comunes en los casos transfronterizos. La designación de la ley aplicable, es decir, la elección entre la lex fori y una ley extranjera, se hizo inevitable. En estas condiciones, la armonía de las decisiones como objetivo último del Derecho internacional privado sólo podría alcanzarse cuando los tribunales de los países implicados aplicaran la misma ley nacional a la resolución de un caso transfronterizo. Esto requeriría normas de conflicto idénticas en los distintos países. Dado que los códigos civiles nacionales del siglo XIX sólo se ocupaban del Derecho internacional privado de forma rudimentaria o no lo hacían en absoluto, eminentes académicos y políticos propusieron pronto la adopción de normas de conflicto comunes mediante un acuerdo internacional como medio para salvaguardar la armonía de las decisiones en los litigios transfronterizos a pesar de la divergencia del Derecho privado nacional.

Derecho de Sucesión en Europa

Europa

Esta entrada ofrece información sobre el derecho de sucesión para los europeos y para los extranjeros residentes y sus familias con bienes dentro y fuera de Europa. También se examinarán las estructuras reglamentarias en Europa, las funciones e historia de la parte obligatoria, las tendencias en el desarrollo de la ley y su evolución social. En los sistemas jurídicos europeos, la indignidad para heredar constituye un motivo de exclusión de la sucesión. Pero las consecuencias jurídicas difieren. Una persona indigna de heredar puede ser excluida tanto de la sucesión testamentaria como de la intestada, pasando la herencia al siguiente beneficiario en la línea sucesoria (Alemania). O la indignidad para heredar puede ser un caso de incapacidad relativa para heredar, como en Inglaterra, Austria, España, Suiza y Portugal.

Código Civil Ruso

Europa

Código Civil Ruso Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre el Código Civil ruso. Puede interesar también el contenido de los Principios de Derecho Europeo de la Responsabilidad Civil, la consulta del Código Civil polaco, el estudio de los Códigos de los Sistemas de … Leer más

Normas de Conflicto en Derecho Internacional Privado

comercio y relaciones internacionales

Norma de Conflicto Norma de Conflicto en el Derecho Internacional Privado El Diccionario Jurídico Espasa (2001) hace el siguiente tratamiento de este término jurídico: La norma de conflicto recibe esta denominación por el papel que se le atribuye: dar una solución al llamado conflicto de […]

Representación en Derecho Internacional Privado

Tratado y política

La Representación en Derecho Internacional Privado (DIPr) Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre la representación en Derecho internacional privado (DIPr). Representación en Derecho Internacional Privado 1. Objeto El Derecho internacional privado (DIPr) de la representación determina en virtud de qué legislación nacional deben … Leer más

Derecho Procesal Internacional

Occidente

Todavía no es habitual en el derecho internacional hablar de “derecho procesal internacional”, no porque el procedimiento sea desconocido o nuevo, al contrario, sino porque este campo aún no ha sido identificado como una “rama” del derecho internacional, como lo son el derecho humanitario o el derecho mercantil. El derecho procesal se considera a menudo como formal y técnico y, por lo tanto, bastante neutral. A menudo se considera que el procedimiento es un accesorio del derecho sustantivo o, como se suele decir, que las normas de procedimiento son sirvientes y no amos. Sin embargo, el derecho procesal está lejos de ser ignorado. De hecho, desempeña un papel vital, aunque a primera vista no tenga el drama o la intriga del derecho sustantivo. En primer lugar, como normas secundarias en la descripción de Hart1, las normas de procedimiento rigen la “puesta en práctica” de las normas sustantivas. Por lo tanto, el derecho procesal es fundamental para el buen funcionamiento de cualquier sistema jurídico, incluida la administración de justicia, ya que rige no solo la forma en que se adoptan las decisiones, sino también la forma en que se aplican y la forma en que se evalúa su validez. En segundo lugar, las obligaciones procesales internacionales tienden a multiplicarse en un contexto en el que las obligaciones sustantivas, ya sean de derecho vinculante o no vinculante, suelen ir acompañadas de normas destinadas a garantizar su aplicación efectiva (por ejemplo, obligaciones de transparencia, mecanismos de seguimiento o de cumplimiento). En tercer lugar, las cortes y tribunales internacionales, u otros tipos de mecanismos de solución de controversias, se han multiplicado en los últimos decenios. Estas evoluciones contribuyen a la difusión de modelos de procesos de toma de decisiones que enfatizan la idea del debido proceso pero que van más allá de su comprensión judicial tradicional al implicar que la forma en que se toma e implementa una decisión es tan importante como el resultado. No todas las cuestiones implican un asunto de intereses vitales, aunque la naturaleza anárquica del sistema internacional permite a las autoridades gobernantes de cada Estado dar el nivel de importancia que deseen a cualquier controversia, por más trivial que parezca a los observadores de terceros.

Aspectos Internacionales del Derecho de Propiedad

Mundo, internacional y geografía

Los Aspectos Internacionales del Derecho de Propiedad Privada Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre los aspectos internacionales del derecho de propiedad. Nota: véase también los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio, incluido el Acuerdo sobre los … Leer más

Derecho Socialista

Historia de Europa y Unión Europea

El derecho socialista es el sistema legal utilizado, históricamente, en la mayoría de los estados comunistas. Se basa en el sistema de derecho civil y en la ideología marxista-leninista. Durante el período de la guerra fría, se incorporó a los sistemas jurídicos de la Unión Soviética y de sus antiguos Estados satélites de Europa Central y Oriental. Estos sistemas se basaban en la idea de que el Estado, y no los particulares, debía poseer la mayor parte de la propiedad dentro de su jurisdicción. En 1922, en el llamado periodo de la “Nueva Política Económica”, la República Socialista Soviética Federada de Rusia elaboró un código civil, que estaba ordenado según la tradición pandectista (Pandektensystem), teniendo en primer lugar una parte general que trata, entre otras cosas, de los “sujetos de derecho”, los “objetos de derecho” y los “actos jurídicos”. En la sección sobre la propiedad, el código regulaba las nuevas instituciones de la “propiedad estatal”, la “propiedad colectiva” y la “propiedad privada”, mientras que el derecho de obligaciones se aproximaba mucho al derecho alemán. Características del espíritu del código eran sus cláusulas generales, como el art. 1, por el que los derechos civiles no recibían protección si “se ejercían en contradicción con su finalidad social y económica”. Después de que Stalin reforzara su posición como dictador en la década de 1930, los debates se centraron en el fundamento de la legislación económica porque un código civil socialista se consideraba algo impensable. Sólo tras la muerte de Stalin en 1953 se produjo algún cambio en las lamentables condiciones en las que se encontraba el estudio jurídico soviético desde 1930. El (nuevo) Código Civil de la República Socialista Soviética Federada de Rusia se adoptó finalmente en 1964. También este código, en cuanto a su estructura formal, se adhería en general a las ideas del derecho civil clásico. Cuando la guerra fría terminó y la Unión Soviética colapsó en 1989, el apoyo al modelo legal socialista disminuyó considerablemente. Algunos estados, como China, Cuba, Vietnam y Corea del Norte, continúan practicando su propia versión del derecho socialista; sin embargo, la mayoría de estos estados han modificado sus sistemas legales en respuesta a la creciente popularidad de las reformas orientadas al mercado y las fuerzas, que durante mucho tiempo han parecido inevitables, de la globalización.

Derecho Matrimonial en India

El marco jurídico del país está al servicio de los intereses de todas las comunidades religiosas afectadas que forman parte intrínseca de la India. La solemnización y el registro son los aspectos legalmente regulados del matrimonio, ya sea de parejas pertenecientes a cualquier religión. Sin embargo, es necesario actualizar las leyes para que sean más inclusivas y estén a la altura de los tiempos. La inclusión de las minorías sexuales en la legitimidad jurídica institucional de los matrimonios es el siguiente paso en el que están trabajando asiduamente los miembros, abogados y activistas de la sociedad civil. No dejan de sonar las demandas de un Código Civil Uniforme que, de introducirse, supondrá una revolución hacia la existencia de un sistema jurídico único y racional que regule las distintas facetas de la vida humana, incluido el matrimonio, y será un paso hacia la eliminación de las diferentes y complejas leyes personales de las distintas religiones. En la India, los matrimonios concertados son una tradición centenaria que se remonta al siglo IV. La cultura de los matrimonios concertados se considera la piedra angular del sistema matrimonial indio. En la antigüedad, los matrimonios solían celebrarse cuando los novios estaban en edad adolescente. Los padres del chico buscaban una chica adecuada con la ayuda de intermediarios y se dirigían a los padres de la chica con una propuesta. El intermediario o negociador sugería la fecha y hora adecuadas para el matrimonio según las cartas natales de la pareja. En aquella época, los matrimonios se celebraban generalmente en la ciudad natal de la chica y la familia de la novia actuaba como anfitriona de la familia del novio.

Derecho Comercial Interno

camino, naturaleza y ambiente

Derecho Comercial Interno Sumario El Derecho Comercial Internacional no es exactamente una sub – rama del derecho internacional, ya que incluye tres componentes: los tratados internacionales, las costumbres y la legislación interna que sea aceptada por las partes interesadas. La inclusión del […]