En la segunda mitad de la década de los noventa, los avances de la democracia en varios Estados africanos (por ejemplo, Namibia, Malawi, Benín, Sudáfrica, Tanzania, Malí y Nigeria) y el débil historial de la Comisión Africana acentuaron la necesidad de contar con garantías nacionales y regionales más sólidas para la protección de los derechos humanos, lo que hizo posible la creación de la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Este impulso renovado hacia una protección más eficaz de los derechos humanos explica también ciertas características de la CADHP que la distinguen, no sólo de sus congéneres estadounidenses y europeos, sino de todos los demás órganos judiciales. En particular, el Protocolo establece que las acciones pueden presentarse ante el Tribunal sobre la base de cualquier instrumento, incluidos los tratados internacionales de derechos humanos, que hayan sido ratificados por el Estado parte en cuestión (artículo 3.1). Además, la Corte puede aplicar como fuente de derecho cualquier instrumento pertinente de derechos humanos ratificado por el Estado en cuestión, además de la Carta Africana (artículo 7). En otras palabras, la CADHP podría convertirse en el brazo judicial de una panoplia de acuerdos de derechos humanos celebrados bajo la égida de las Naciones Unidas (por ejemplo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer o la Convención sobre los Derechos del Niño) o de cualquier otro instrumento jurídico pertinente que codifique los derechos humanos (por ejemplo, los diversos convenios de derecho humanitario, los adoptados por la Organización Internacional del Trabajo e incluso varios tratados medioambientales). Muy pocos de esos acuerdos contienen mecanismos judiciales para garantizar su aplicación, por lo que, al menos potencialmente, varios Estados africanos podrían acabar con un sistema de solución de controversias y control de la aplicación más fuerte y con más mordiente que el que habitualmente prevén esos tratados para el resto del mundo.