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Impuestos Locales

monedas, valor, economía

Este texto se ocupa de los impuestos locales y su historia. A lo largo del tiempo y en la mayoría de los lugares, la fuente clave de disputa entre el gobierno local y el central suele centrarse en las finanzas. ¿Cuánto gasta el gobierno local, qué hace con la presión fiscal de los hogares, hasta qué punto las decisiones financieras clave son determinadas de forma relativamente autónoma por el gobierno local y hasta qué punto están centralizadas en niveles superiores de gobierno? Entre los impuestos directos figura también el diezmo. Originalmente un gravamen sobre el rendimiento agrícola bruto (principalmente sobre el grano), destinado a cubrir los gastos (locales) de culto y asistencia, se transformó en un impuesto “real” sobre la renta en el contexto del señorío terrateniente. Los impuestos indirectos gravan los gastos y el comercio (impuestos especiales). En la Edad Media y en la época moderna, se confundían fácilmente con los derechos de aduana. Casi todo lo que se vendía en el mercado estaba sujeto a impuestos especiales, con tipos variables, especialmente elevados en el caso de las bebidas alcohólicas (ohmgeld, véase más detalles en el contenido sobre los impuestos especiales).

Impuesto

Impuestos son las prestaciones en dinero o en especie que el Estado fija unilateralmente y con carácter obligatorio a todos aquellos individuos cuya situación coincida con la que la ley señala. Tributo, carga fiscal o prestaciones en dinero y/o especie que fija la ley con carácter general y […]

Impuesto Sobre La Renta

Introducción: Impuesto Sobre la Renta Concepto de Impuesto Sobre la Renta en el ámbito del objeto de esta plataforma online: Contribución que se causa por la percepción de ingresos de las personas físicas o morales que la Ley del Impuesto Sobre la Renta considera como sujetas del mismo. […]

Impuesto Local

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Asuntos Financieros > Hacienda pública y política presupuestaria > Hacienda pública > Hacienda local
Transportes > Política de transportes > Precio del transporte > Tarificación de la […]

Impuesto Nacional

Visualización Jerárquica de Impuesto nacional Asuntos Financieros > Fiscalidad > Impuesto
Asuntos Financieros > Hacienda pública y política presupuestaria > Hacienda pública Impuesto nacional Concepto de Impuesto nacional Véase la definición de Impuesto nacional en el diccionario. […]

Impuesto sobre Actividades Profesionales

Visualización Jerárquica de Impuesto sobre actividades profesionales Asuntos Financieros > Fiscalidad > Impuesto sobre la renta
Asuntos Financieros > Fiscalidad > Impuesto > Impuesto local Impuesto sobre actividades profesionales Concepto de Impuesto sobre actividades profesionales Véase la […]

Mecenazgo

dinero y cambio

Derivado del nombre del noble romano Cayo Mecenas (ca. 70-8 a.C.), que con ayuda material permitía a los escritores realizar libremente su trabajo, el término mecenazgo indica sobre todo apoyo financiero en el ámbito cultural sin compensación directa. El concepto se extiende a las artes, las ciencias, los deportes y los espectáculos populares. El mecenazgo se distingue por su carácter laico de las donaciones religiosas que, hasta la época moderna, influyeron en el desarrollo artístico y cultural de Suiza. Sin embargo, resulta más problemático distinguirlo claramente del arte secular por encargo (mecenazgo artístico) y de la actividad de coleccionismo. La concesión de encargos, ya sean arquitectónicos o pictóricos (Pintura), también puede implicar la promoción de artistas y, en el mejor de los casos, un enriquecimiento cultural del público. Sin embargo, sólo debería definirse como mecenazgo si el mecenas y el coleccionista ponen sus museos y colecciones a disposición del público sin ningún beneficio directo. También es difícil de clasificar terminológicamente el mecenazgo institucionalizado, a través del cual empresas públicas y privadas, asociaciones y fundaciones hacen posible la producción cultural con subvenciones monetarias (becas, aportaciones a obras), o realizan adquisiciones y donaciones útiles para un desarrollo cultural más general (fundaciones culturales, premios de arte, sociedades de bellas artes, etc). En este caso, no siempre es posible delimitar claramente el mecenazgo de la política cultural específica del Estado o del patrocinio del sector privado. Estos últimos se diferencian del mecenazgo en que combinan el compromiso con un rendimiento comercial garantizado por un contrato (por ejemplo, uso del nombre, publicidad).

Bienes Públicos

Vista, imagen, conocimiento

Bienes públicos globales son aquellos bienes públicos que no pueden ser proporcionados por un país actuando solo, sino solo por los esfuerzos conjuntos de muchos (estrictamente, todos) países. Se suele confundir el bien común con un bien público o un conjunto de bienes públicos. Pero es importante mantener las dos ideas diferenciadas. Las instalaciones que componen el bien común se asemejan a los bienes públicos porque suelen ser instalaciones que se supone que están abiertas y disponibles para todos (por ejemplo, una biblioteca pública). Esto significa que no es posible excluir del disfrute de los beneficios a quienes no contribuyen. No obstante, las instalaciones que conforman el bien común son conceptualmente diferentes de los bienes públicos porque estas instalaciones pueden no ser un beneficio neto para cada miembro de la comunidad. Se discuten diferentes tipos de bienes públicos (como los bienes mixtos y los bienes públicos locales y globales) antes de un estudio de los problemas de incentivos relacionados con la revelación de preferencias.

Derecho Local

Calle, geografía económica y sociedad

Índice Temático de Derecho Administrativo Local impuesto sobre actividades económicas impuesto sobre bienes inmuebles impuesto sobre construcciones instalaciones y obras impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana impuesto sobre vehículos de […]

Finanzas Públicas Locales

Geografía social

Las finanzas públicas locales tienen una larga tradición que puede remontarse al menos a la época de la fundación de ciudades en la alta edad media (900-1350). A diferencia de las ciudades antiguas que habían existido durante muchos siglos, como capitales y centros culturales o comerciales. Las ciudades fundadas en la alta edad media pueden considerarse inversiones empresariales de soberanos y otros detentadores del poder regional que pretendían ampliar sus dominios. Del mismo modo que una fortaleza hostil se neutraliza construyendo una fortaleza propia en las proximidades, los mercados y las ciudades se establecen y se privilegian en busca de una competencia inmediata. Los soberanos detentadores del poder concedían, a sus ciudades, autonomía local, incluyendo en particular el derecho a establecer su propio orden jurídico con igualdad ante la ley para las diferentes clases de ciudadanos que vivían dentro de los muros de la ciudad. En resumen, un clima favorable para el intercambio mercantil. A cambio, los soberanos y los detentadores del poder reclamaban impuestos, y otras cargas, como los rendimientos de la ceca. Por lo tanto, las finanzas públicas locales en estos primeros tiempos no eran tanto un problema de cómo la ciudad pagaba sus propios servicios públicos, sino de cómo un soberano o un detentador del poder podía obtener el rendimiento de su inversión.

Seguridad Social en el Derecho del Trabajo

Calle, geografía económica y sociedad

Este texto se ocupa de la “Seguridad Social en el Derecho del Trabajo”. Una parte considerable se dedica a la expresión y contenido de los “procedimientos de seguridad social”, que es más bien un resumen que una definición, se refiere a las formas y reglas de procedimiento específicas que, contempladas por la legislación procesal (por ejemplo, en Italia, el Código de Procedimiento Judicial), así como por leyes especiales, contribuyen de manera diversa a diversificar la tramitación de los litigios de seguridad social y bienestar en los tribunales.

Relaciones del Derecho Administrativo con Otras Ramas del Derecho

Ramas y disciplinas del derecho, economía, psicología, sociología y otras.

Este texto introducirá y discutirá las reflexiones doctrinales sobre las relaciones del derecho administrativo con otras ramas del derecho, con el objetivo de examinar su desarrollo actual. En sentido contrario al de la autonomía del derecho administrativo (véase), en cuanto a la relación del derecho administrativo con otras disciplinas jurídicas, cabe destacar que el derecho administrativo guarda una estrecha relación con numerosas ramas del derecho, entre las que figuran el derecho constitucional, civil, electoral, mercantil, municipal, parlamentario, penal, penitenciario, del trabajo y procesal. Este texto examina y contesta a cuestiones clave como: ¿Qué disciplinas se relacionan con el derecho administrativo? ¿Cuál es la importancia del derecho público en el estudio de las instituciones administrativas? ¿Cómo se relaciona el derecho administrativo con la ciencia de la administración? ¿Cuál es la relación del derecho administrativo con el derecho constitucional? ¿Cómo se relaciona el derecho administrativo con el derecho internacional? ¿Cuál es la relación del derecho administrativo con el derecho penal? ¿Cómo se relaciona el derecho administrativo con el derecho judicial y procesal? ¿Cuál es la relación del derecho administrativo con la ciencia política? ¿Cómo se relaciona el derecho administrativo con el derecho financiero? ¿Cuál es la relación del derecho administrativo con la sociología y las ciencias sociales? ¿Cómo se relaciona el derecho administrativo con la economía? ¿Cuál es la relación del derecho administrativo con la geografía y la historia?

Hacienda Pública en el Siglo XIX

dinero, banca

Este texto se ocupa de la Hacienda Pública en el siglo XIX. Se hace con una breve reseña histórica de este periodo, e el contexto de la economía política de la fiscalidad. Se examina el periodo anterior a la guerra (1820-60). A continuación, se examina el periodo de posguerra (1868-1910).

Derecho Administrativo Anglosajón

Interior

En conjunto, se ofrece una visión completa del Derecho Administrativo en la tradición angloamericana. Se contestan a preguntas clave como: ¿Quién dio la racionalización seminal del mandamus, y cuál fue? ¿En qué se diferencia la tradición angloamericana de las jurisdicciones civiles a la hora de juzgar asuntos de Derecho público? ¿Cuál es la diferencia entre el desarrollo del Derecho Administrativo en EE.UU. y en el Reino Unido? ¿Qué importancia tiene la Ley de Procedimiento Administrativo de 1946 en EE.UU.? ¿Cómo se ha desarrollado tradicionalmente el Derecho Administrativo en el Reino Unido? ¿Qué es la Ley de Derechos Humanos de 1998 y cómo ha influido en el Derecho Administrativo del Reino Unido? ¿Desde cuándo ejerce el Derecho inglés controles procedimentales y sustantivos sobre la Administración? ¿Qué papel desempeñaron los recursos en la evolución del Derecho adjetivo? ¿Cómo se convirtió el mandamus en una herramienta general para remediar los errores administrativos? ¿Cuáles son algunas de las obras importantes sobre Derecho Administrativo en la tradición angloamericana? ¿Cómo han influido los grupos de interés en el Derecho público estadounidense? ¿Qué son las expectativas legítimas en Derecho Administrativo y cuál es su relevancia en EE.UU. y Europa?

Moral Pública

Carta, ética y moral

La moral pública, al igual que la salud y la seguridad públicas, es una preocupación que va más allá de las consideraciones de derecho y política pública. La moral pública se ve afectada, para bien o para mal, por las actividades de las partes privadas (en el sentido de “no gubernamentales”), y dichas partes tienen obligaciones con respecto a ella. Los actos de las partes privadas -de hecho, a veces incluso los actos aparentemente privados de las partes privadas- pueden tener y tienen consecuencias públicas. Y las decisiones de hacer cosas que uno sabe que provocarán esas consecuencias, ya sea directa o indirectamente (en cualquiera de los sentidos pertinentes de “directamente” e “indirectamente”) se rigen por normas morales, incluidas, sobre todo, las normas de justicia. Tales normas constituirán a menudo razones concluyentes para que las partes privadas se abstengan de realizar acciones que produzcan consecuencias públicas perjudiciales.