Personalidad Jurídica de las Sociedades Mercantiles
Este texto se ocupa de los atributos de la personalidad jurídica de las sociedades mercantiles, con el objetivo de examinar su desarrollo actual. A principios del siglo XX, los juristas estaban divididos en torno a una controversia: unos sostenían que las personas jurídicas eran reales; otros consideraban que la personalidad jurídica era una mera ficción, que correspondía a los directivos de una empresa aceptar o rechazar. Esta disputa ha quedado desfasada. Algunas agrupaciones forman parte de la naturaleza misma de las cosas y hay que tener en cuenta su existencia y sus intereses; pero nada obliga a reconocerlas como personas jurídicas y, de hecho, algunas de ellas -la familia, por ejemplo- no están reconocidas como tales en el Derecho francés. La personalidad jurídica no es más que una técnica jurídica. Lo demuestra claramente el hecho de que, en diversas circunstancias, se puede prescindir de ella recurriendo a otras técnicas. Este es el caso si consideramos, por ejemplo en Francia, la comunidad de marido y mujer. Es aún más evidente si consideramos el derecho inglés: este derecho ha desarrollado otra técnica, desconocida para el derecho francés, el trust, y muchas instituciones que en Francia tendrían el estatuto de personas jurídicas (iglesias disidentes, la Bolsa, Lloyd’s) no tienen personalidad en Inglaterra. Se contesta a cuestiones clave como: ¿Cuál es la historia de las corporaciones en el derecho occidental y cómo ha evolucionado el concepto de persona jurídica a lo largo del tiempo? ¿Cómo se trata a las corporaciones empresariales en la doctrina europea de los derechos humanos, y en qué se diferencia de la doctrina estadounidense que trata a las corporaciones como personas constitucionales? ¿Cuáles son los fundamentos teóricos y filosóficos de la personalidad jurídica y cómo se define ésta? Cuáles son las diferentes categorías de personalidad jurídica y cómo desafían los límites tradicionales de la personalidad jurídica categorías emergentes como los animales, los ecosistemas y los sistemas de IA? Cómo se aplican los derechos y responsabilidades legales a las corporaciones como personas jurídicas, y cuáles son las implicaciones de conceder a las corporaciones la personalidad jurídica? ¿Debería concederse personalidad jurídica a algunos sistemas de inteligencia artificial?
¿Cuáles son los límites de la personalidad jurídica para la inteligencia artificial? ¿Cómo pueden abordarse las lagunas de responsabilidad con la inteligencia artificial? ¿Cuáles son los nuevos retos de la autoría intelectual en el contexto de la inteligencia artificial?