Naturaleza del Derecho
Puede decirse con cierta exageración que la era del individualismo (véase más detalles en relación al iusnaturalismo) fue la primera en perseguir una filosofía del derecho o de los derechos (en el sentido subjetivo), mientras que la era precedente había desarrollado más bien una filosofía del derecho. Esto sería especialmente justificable si se concibiera el derecho más bien como un permiso subjetivo y un poder de exigir, y el derecho como un orden objetivo y la base de los deberes y derechos. La doctrina cristiana del derecho natural, sin embargo, no plantea primero el suum y la persona, y sólo después el derecho. Pero como la comunidad se percibe simultáneamente con la persona, porque está “dada” con ésta, así la norma que la determina se postula simultáneamente con el suum. El hombre se ve continuamente en un orden que es simultáneamente dado, cuyas leyes naturales, surgidas de la naturaleza del orden esencial, exigen su observancia.