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Trabajo Atípico

Noción de Trabajo Atípico En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de trabajo atípico, la siguiente definición: Trabajo contratado o realizado en condiciones que difieren de lo normal u ordinario, ya sea por la duración […]

Trabajo a Distancia

Visualización Jerárquica de Trabajo a distancia Trabajo y Empleo > Empleo > Estructura del empleo > Trabajo atípico
Educación y Comunicación > Comunicación > Sistema de comunicación > Telecomunicación Trabajo a distancia Concepto de Trabajo a distancia Véase la definición de Trabajo a […]

Modos de Organización

Los modos de organización se refieren a las diferentes maneras en que una organización puede estructurarse para ejecutar su plan estratégico y alcanzar sus objetivos. La estructura de una organización determinará los modos en los que opera y actúa. Los modelos de diseño organizativo son marcos conceptuales que las organizaciones utilizan para diagnosticar su estado actual, visualizar un estado futuro que tenga éxito y establecer una identidad -propósito, valor y cultura- que ayude a la organización a prosperar. Existen varios modelos de diseño organizativo que las organizaciones pueden utilizar, incluidos los modelos de diagnóstico, los modelos transformacionales, los modelos experimentales y el Modelo de Organización Flexible, que se examina aquí.

Historia de la Convención sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías

Economía política y derecho internacional

Historia de la Convención de la ONU sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías Este elemento es una profundización de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre Historia de la Convención sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. Los antecedentes Antecendetes sobre la Convención de las Naciones Unidas … Leer más

Uniformidad en la Convención sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías

globalización

Comparado con la “Babel de diversos sistemas legales nacionales” que reemplazó, la Convención representa un gran progreso hacia un derecho internacional de ventas uniforme. Sin embargo, no lo hace y no pudo lograr una perfecta uniformidad. El principio de uniformidad del Artículo 7 (1) reconoce este logro significativo pero incompleto. No exige un enfoque absolutista de la uniformidad, sino que requiere un proceso y una mentalidad: un “respeto” por “la necesidad de promover la uniformidad”. Este mandato está en consonancia con el hecho de que la Convención será aplicada por sistemas judiciales autónomos y tribunales arbitrales que no responden ante una única autoridad final. Los intentos de promover una visión más autoritaria de uniformidad en la Convención no solo malinterpretan el Artículo 7, sino que también pueden ser perjudiciales en un sentido más amplio, y pueden sacrificar el desarrollo, a veces lento, de principios bien concebidos y justos a la conformidad absoluta.

La implementación del principio de uniformidad del Artículo 7 según lo descrito aquí podría ser un paso importante para difundir la aceptación de una metodología de derecho internacional, una metodología que, al exigir el conocimiento y el respeto (pero no necesariamente la sumisión a) las perspectivas de los sistemas legales más allá de las fronteras nacionales, abre el camino a empresas más ambiciosas en el derecho internacional. La aceptación internacional de las mismas reglas nos da un medio común para la comunicación, una lingua franca, para el intercambio internacional de experiencias e ideas. No es demasiado esperar que este diálogo contribuya a una Un enfoque más cosmopolita e ilustrado de la ley.

A lo largo del trabajo sobre leyes uniformes, los realistas nos han dicho: incluso si obtienes leyes uniformes, no obtendrás resultados uniformes. La unificación internacional es imposible. Pero antes de que nos desesperemos, quizás deberíamos considerar las alternativas: reglas de conflicto que no están claras y varían de un foro a otro; Sistemas nacionales de derecho sustantivo expresados ​​en doctrinas e idiomas que, para muchos de nosotros, son impenetrables. La pregunta relevante es seguramente esta: ¿es posible hacer que la ley para el comercio internacional sea un poco más accesible y predecible?

Las mejoras en la accesibilidad y la previsibilidad de la ley que rige el comercio internacional no solo son posibles, sino que a través de los esfuerzos de quienes participan en la CISG se han logrado en un grado mucho mayor de lo que cualquiera de nosotros podría razonablemente han esperado cuando comenzó el trabajo sobre la Convención. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Esquema de la Organización de la Distribución

Mundo global y geografía

Este texto se ocupa de la distribución comercial, en el marco de los intercambios Económicos y Comerciales. La fuerte presencia de empresas extranjeras en la distribución es un tributo más a su lento crecimiento. En todos los sectores, los grandes grupos internacionales tienen, o están destinados a tener, posiciones dominantes en el componente moderno. La diferenciación, tanto en la definición de las fórmulas como en el diseño de los procesos administrativos y en muchas otras cuestiones, contrasta con una tendencia de la distribución a moverse con tipos de venta y modelos de comportamiento cada vez más nacionales e internacionales. La diversidad de normas se convierte así en un coste, y pone de manifiesto la necesidad de algún mecanismo para reducir la varianza de las medidas reguladoras.

Distribución Comercial

Mundo global y geografía

Este texto se ocupa de la distribución comercial, en el marco de los intercambios Económicos y Comerciales. La fuerte presencia de empresas extranjeras en la distribución es un tributo más a su lento crecimiento. En todos los sectores, los grandes grupos internacionales tienen, o están destinados a tener, posiciones dominantes en el componente moderno. La diferenciación, tanto en la definición de las fórmulas como en el diseño de los procesos administrativos y en muchas otras cuestiones, contrasta con una tendencia de la distribución a moverse con tipos de venta y modelos de comportamiento cada vez más nacionales e internacionales. La diversidad de normas se convierte así en un coste, y pone de manifiesto la necesidad de algún mecanismo para reducir la varianza de las medidas reguladoras.

Métodos de Enseñanza

Métodos Modernos de Enseñanza en la Protección de la Infancia y los Derechos del Niño Artículo de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño donde se recoge este tema Art. 28 (3) Métodos Modernos de Enseñanza y los Derechos del Niño y el Adolescente El artículo 28 (3)de la CDN […]

Enseñanza a Distancia

Educación o Enseñanza a Distancia Educación o Enseñanza a Distancia El aprendizaje a distancia es un término de uso amplio en la actualidad. Los educadores también se refieren a ella como educación a distancia y, en algunos ámbitos, la educación distribuida. A los efectos de esta entrada, […]

Procedimiento de Urgencia

Procedimiento de Urgencia es un conjunto de medidas cautelares destinadas a asegurar provisionalmente los efectos de la decisión sobre el fondo, evitando que el tiempo necesario para hacer valer su derecho en el procedimiento ordinario de cognición pueda producir un daño inminente e irreparable. Las medidas de urgencia son medidas cautelares residuales, en el sentido de que sólo pueden concederse si el ordenamiento jurídico no prevé una medida cautelar típica destinada a proteger el derecho que se hace valer en relación con el posible perjuicio que se denuncia, o si el derecho que se pretende amonestar no puede hacerse valer en formas decisorias sumarias. Además, las medidas de emergencia son medidas cautelares atípicas, ya que no están destinadas por ley a proteger una clase específica de derechos subjetivos, ni a paralizar un perjuicio concreto. También el contenido de la medida se determina sólo en un sentido teleológico, es decir, en relación con su idoneidad para garantizar los efectos de la decisión sobre el fondo. Un papel central en la aplicación del recurso lo desempeña, además, la determinación de la naturaleza exacta del perjuicio que permite la concesión de la medida.

Venta

La “venta” es un acuerdo por el que una persona conocida como “vendedor” transfiere a otra conocida como “comprador” sus derechos de propiedad sobre una cosa o un valor que le pertenece. Acción mediante la cual uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho a otro que a su vez se obliga a pagar por ello un precio determinado en dinero. La forma del contrato no afecta a su clasificación, y puede ser por escrito o simplemente un acuerdo verbal. La cesión puede referirse a bienes o derechos materiales. La “cesión de un crédito” o “transferencia de un crédito”, la cesión de la mera propiedad o del usufructo de un bien o de un conjunto de bienes y derechos, como la cesión de un negocio, de una cartera de clientes o de una patente, constituyen ventas. Algunos tipos de venta están sujetos a una normativa especial. En derecho internacional, la Convención de Viena de 11 de abril de 1980, que establece un derecho uniforme de la compraventa internacional de mercancías, constituye el derecho sustantivo nacional; como tal, obliga al juez nacional, que debe aplicarla sin perjuicio de su exclusión, incluso tácita, según el artículo 6 de esta última convención, cuando las partes se hayan sometido al imperio de una ley determinada.

Prueba

La prueba es una actividad que se lleva a cabo en los procesos judiciales con la finalidad de proporcionar al juez o tribunal (y en su caso, al jurado, en los procedimientos en que éste se encuentra llamado a intervenir según la legislación de cada país) el convencimiento necesario para tomar una decisión fundada. La “prueba” es la demostración de la realidad de un hecho, estado, circunstancia u obligación. La carga de la prueba recae en la parte que afirma tener derecho al hecho u obligación en cuestión. Su oferta sólo es admisible si la demostración que será consecuencia de su demostración puede ser útil para la solución de la pretensión sobre la que el juez debe pronunciarse. Se dice que las pruebas ofrecidas deben ser “pertinentes”. Los contratos de prueba son válidos cuando se refieren a derechos libremente disponibles para las partes, pero no pueden establecer a favor de una de ellas una presunción irrefutable. El hecho de que una parte se niegue a participar en la administración de la prueba puede considerarse como una presunción de que admite la validez de la pretensión de su oponente.

Pedagogía

Pedagogía Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. Nota: Consulte también los detalles acerca de las modalidades de la Pedagogía. Pedagogía y Teorías de la Enseñanza Nota: Puede ser de interés asimismo la información relativa a la enseñanza universitaria y … Leer más

Inversión Extranjera Directa Horizontal

Este texto se ocupa de la Inversión Extranjera Directa Horizontal, como inversión extranjera directa en la misma industria en el extranjero en la que una empresa opera en el país. La inversión extranjera directa horizontal es la inversión extranjera directa realizada por una empresa para establecer instalaciones de fabricación en varios países que producen esencialmente lo mismo pero para sus respectivos mercados nacionales o cercanos. La inversión directa extranjera horizontal se refiere a la fabricación en el extranjero de productos y servicios similares a los que la empresa produce y fabrica en su mercado nacional. ¿Se pregunta por qué este tipo de inversión en el extranjero se llama “horizontal”? Se llama horizontal porque la empresa duplica sus actividades comerciales de su país de origen en diferentes países.

Telecomunicación

Antecedentes INFORMACIóN Y TELECOMUNICACIONES Para poder hablar de lo que es el espectro radioeléctrico, debemos de comprender de donde proviene este concepto, lo que nos lleva a remontarnos al pasado y darnos cuenta que la información siempre ha sido un elemento sumamente esencial para […]