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Principio del País de Origen

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Este texto se ocupa del principio del País de Origen. El principio del país de origen tiene dos elementos, uno positivo y otro negativo. El elemento positivo exige que el país de origen regule afirmativamente y justifique así la confianza que se le ha otorgado. Esto exige una regulación eficaz y un ejercicio efectivo del control. En cuanto a los elementos negativos, el principio del país de origen prohíbe cualquier regulación posterior por parte de un país de destino. El control y la regulación se producirán una sola vez y única y exclusivamente en el país de origen. En cuanto a la regulación y el control, el país de origen actúa funcionalmente y se cree que sirve como una especie de representante y agente para todos los demás Estados miembros.

Principio de Seguridad Jurídica

Visualización Jerárquica de Principio de seguridad jurídica Unión Europea > Derecho de la Unión Europea > Orden jurídico de la UE > Competencia de la UE
Derecho > Fuentes y ramas del Derecho > Fuentes del Derecho > Simplificación legislativa Principio de seguridad jurídica Concepto de […]

Derecho Penal Romano

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En este texto se analiza el derecho penal romano, y en especial las obligaciones derivadas de un delito, el tratamiento del delito. Abarca los daños a la propiedad, el hurto y el robo, las injurias, los delitos pretorianos, la responsabilidad por daños causados por animales y el cuasidelito. En Derecho romano, un delito era un comportamiento reprobable que la ley castigaba imponiendo una obligación al autor hacia la víctima. Se trataba de la obligación de pagar una pena por haber cometido un mal. Hasta los siglos II y III d.C. no se separaron los delitos públicos de los privados y se trasladaron a los tribunales penales; a partir de entonces, la acción civil siguió siendo el remedio para los abusos privados. El delito, como una de las principales fuentes de una obligación, puede definirse en términos generales como un acto ilícito que causa daños a la personalidad de alguien, a su familia o a sus bienes, y por el que la víctima o sus herederos tienen derecho a ser indemnizados. Existe un paralelismo evidente entre el delito romano y la responsabilidad civil del derecho anglosajón, pero la analogía no debe llevarse demasiado lejos, ya que el derecho romano del delito tenía un fuerte elemento penal: la ley sancionaba la conducta del infractor, además de garantizar una indemnización adecuada a la víctima.

Juristas Romanos

En Roma, los jurisconsultos tenían una posición social y política considerable, debido sobre todo a su gran influencia en el desarrollo del Derecho. Es bien sabido que las Doce Tablas contenían un conjunto de normas, adecuadas para un pueblo agrario de condición social modesta. Cuando Roma se convirtió en uno de los centros de mayor civilización, esas leyes, sin dejar de ser la base del derecho público y privado, evolucionaron en armonía con las nuevas necesidades y tuvieron que adaptarse a las relaciones comerciales más variadas y complejas y a las relaciones jurídicas más delicadas. Esta evolución se debió en gran medida a los jurisconsultos. Al principio, sólo contribuyeron a ella en virtud de su autoridad. Su oficio consistía en respondere, agere y cavere. El respondere consistía en dar respuesta a los particulares a las preguntas que éstos sometían al jurisconsulto; el agere consistía en sugerir los principios del derecho y las decisiones de los litigios a los abogados de las partes y asistirles personalmente durante la defensa. Por ello se la denominaba ciencia de las formalidades. Se ofrece las biografías de los juristas republicanos (509 a.C.-27 a.C.) y de los imperiales.

Fuentes del Derecho Romano

Derecho en la Plataforma Jurídica del Derecho Lawi

Este texto trata de las principales “fuentes” del Derecho romano durante los distintos periodos (véase, para un resumen sobre estos periodos, en la historia de Roma). La clave para entender este texto es comprender el significado del término “fuente” del Derecho, que aquí se explica, con sus diferentes contextos. También puede ser de interés reflexionar sobre los cambios en la lista de “fuentes” como resultado de los cambios constitucionales en el Imperio Romano, y las ayudas sobre el estudio del derecho romano.

Sucesiones en Derecho Internacional Privado

Economía política y derecho internacional

En el contexto del derecho internacional y comparado, este texto se ocupa de las sucesiones en derecho internacional privado. Salvo una única excepción, los convenios internacionales sobre sucesiones transfronterizas no han tenido mucho éxito. El exhaustivo Convenio de La Haya de 1989 sobre sucesiones (Convenio sobre la ley aplicable a las sucesiones por causa de muerte) sólo fue adoptado unilateralmente por los Países Bajos; el Convenio inspiró, sin embargo, algunas de las codificaciones recientes de Derecho internacional privado, por ejemplo en Finlandia. Otros convenios tratan sólo algunos aspectos de las sucesiones transfronterizas y fueron igualmente aceptados sólo a regañadientes por la comunidad internacional. El Convenio de La Haya de 1973 sobre la administración internacional de las sucesiones también es relevante. La decisión entre el principio de nacionalidad y el de residencia no es fácil y constituye una de las controversias generales clásicas del derecho internacional privado. En el ámbito de los testamentos y las sucesiones, la decisión no puede basarse en los intereses vitalicios del difunto.

Geometría

Ramas y disciplinas del derecho, economía, psicología, sociología y otras.

Geometría es una rama de las matemáticas que se ocupa de las propiedades del espacio, incluidos los puntos, las líneas, las curvas, los planos y las superficies en el espacio, y las figuras delimitadas por ellos. Existen múltiples tipos de geometría, desde conceptos cotidianos como longitudes, ángulos y formas familiares, hasta geometrías que implican el cálculo y la curvatura del espacio.

Estructura del Código Civil

Libros y obras de referencia, incluyendo definiciones

Con el Código Civil de Sajonia (1863), el sistema Heise (de codificación) pasó por primera vez de los libros de texto a un acto legislativo. Adquirió fama mundial cuando también fue elegido como plan estructurador del Bürgerliches Gesetzbuch (BGB) (1896). Todos los códigos civiles redactados desde entonces (codificación) han sido moldeados de forma decisiva por el sistema Heise (de codificación): aunque sólo unos pocos contienen una parte general, todos se basan en la división de las materias en obligaciones, propiedad, derecho de familia y sucesiones (los países socialistas a menudo excluían el derecho de familia del código civil para tratarlo en un estatuto aparte). Un papel importante en la difusión del sistema Heise (de codificación) no sólo lo desempeñó el BGB, sino también el Código Civil Suizo (ZGB) (1907) y el Codice civile italiano (1942), que sirvieron de modelo para los códigos civiles de otros muchos estados. Durante el periodo del nacionalsocialismo, pero también en la República Democrática Alemana (RDA), se llevaron a cabo numerosos intentos de estructurar el derecho patrimonial de una forma más funcional, una idea que se materializó en parte en el Código Civil de la RDA (1975).

Derechos de la Personalidad

mujer de color en una tienda

Esta entrada trata de los Derechos de la personalidad, tema clásico del Derecho civil y, en un sentido específico, del Derecho de la persona, de construcción jurisprudencial muy frecuente, dada la ausencia de una regulación específica del mismo en los códigos civiles decimonónicos. Se suele considerar que son derechos subjetivos absolutos privados extra-patrimoniales que posee toda persona por ser tal (se hace referencia a la persona física) y que garantizan la tutela y protección de los bienes jurídicos que se sostiene son propios del ser humano (aunque en el pasado no era así, y el ejemplo fue la existencia de la esclavitud durante siglos) como ser la vida, la integridad física, el nombre, el domicilio, la correspondencia, etc. Mucho antes de que existiera conciencia de este vacío legal fueron tratadistas de teología moral los primeros que se ocuparon de dichos asuntos. Santo Tomás de Aquino y sus comentaristas -Francisco de Vitoria o Soto Molina- los consideraron -teniendo presente un posible atentado a los mismos- en función del pecado, del delito y de la pena. Junto a este punto de vista criminalista, o de política penal, también se tendría en cuenta el aspecto político por otros autores, como Gómez de Amescua, que predica los principios liberales.

Agentes Judiciales

Agentes Judiciales en el Derecho Español Agentes Judiciales a finales del Siglo XX En el Diccionario Jurídico Espasa, Agentes Judiciales se define como: Agentes judiciales o de la Administración de Justicia Según el Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento […]

Adultos Protegidos

humanidad y civilización

Debido a su estado físico o mental, algunos adultos están sujetos a un régimen de protección, que declara que las personas de ambos sexos que han cumplido 18 años son plenamente capaces. Los regímenes que se les pueden aplicar corresponden cada uno a una adaptación que tiene en cuenta la variedad de situaciones en las que puede encontrarse un adulto protegido. Los actos realizados por el mayor de edad antes de la decisión de concesión de una medida de protección son nulos. Esta sanción no requiere la prueba de la locura mental en el momento de la realización del acto, sino que sólo está subordinada a la existencia, en el momento de la realización del acto, de la causa que determinó la apertura de esta medida. La tutela se rige por la ley personal de la persona protegida, es decir, por la ley de su nacionalidad (por ejemplo, Austria, Alemania, Hungría, Portugal) o por la ley de su domicilio o residencia habitual (por ejemplo, Bélgica, Suiza).

Impacto del Ciberespacio

Muchos de los dilemas jurisdiccionales y sustantivos planteados por las comunicaciones electrónicas que cruzan la frontera podrían resolverse por un simple principio: concebir el ciberespacio como un “lugar” distinto para propósitos de análisis legal reconociendo una frontera legalmente significativa entre el ciberespacio y el “mundo real”. Usando este nuevo enfoque, ya no haríamos la pregunta incontestable “dónde” en el mundo geográfico se produjo una transacción basada en la Red. En cambio, las preguntas más importantes se convierten en: ¿Qué reglas son las más adecuadas para las características a menudo únicas de este nuevo lugar y las expectativas de quienes participan en diversas actividades allí? ¿Qué mecanismos existen o deben desarrollarse para determinar el contenido de esas reglas y los mecanismos por los que pueden aplicarse?

Interpretación de los Contratos en Europa

Europa

El concepto de “interpretación de los contratos” tiene alcances divergentes en los distintos ordenamientos jurídicos europeos. En Inglaterra, por ejemplo, tiene un ámbito relativamente estrecho y no incluye ciertas situaciones que se calificarían de “interpretación” en muchas jurisdicciones civiles, como la llamada interpretación “supletoria” o “creativa” de los contratos (ergänzende Auslegung, interprétation créatrice o supplétive) y el problema que surge si las partes optan concurrentemente por emplear palabras en un sentido distintivo que no se corresponde con el literal (casos de falsa demonstratio o “denominación errónea”). El derecho inglés también ofrece soluciones para estos casos, pero utiliza doctrinas separadas y funcionalmente equivalentes (implicación de términos, rectificación por error común). En el Derecho privado europeo, las cuestiones de interpretación contractual afectan normalmente a los contratos entre personas físicas o jurídicas. Las normas del Derecho internacional público sobre la interpretación de los tratados entre Estados (parcialmente codificadas en los artículos 31 y siguientes de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969), que en cierto modo se solapan, han caído en desuso en el Derecho de la UE, tras el reconocimiento de que la Unión Europea es un sistema jurídico sui generis y no el producto de un tratado ordinario.

Notario Público

libros

Este texto se ocupa del Notario Público, como funcionario público investido de fe pública, facultado para autentificar y dar forma legal a los instrumentos en que se consignen actos y hechos jurídicos. La historia del notariado comienza con los notarios imperiales bajo Federico I Barbarroja, los notarios papales bajo Alejandro III y los notarios municipales de Bolonia, Florencia y Verona. El derecho canónico otorgó a los notarios la facultad de producir documentos dotados de fe pública, es decir, documentos con un valor probatorio especial. En el siglo XIII, los documentos italianos adquirieron fuerza legal, pero los notarios aún no eran abogados; en las universidades del norte de Italia, los profesores del ars notaria pertenecían a la Facultad de Bellas Artes. Como parte de la jurisdicción eclesiástica, la profesión notarial se extendió a Francia y, desde allí, a los países al norte de los Alpes. En el sur de Francia se introdujo ya en el siglo XII un sistema notarial similar al de Italia. En el norte de Francia, en cambio, las transacciones legales (acto jurídico) se realizaban inicialmente ante los tribunales; más tarde, los notarios redactaban los documentos pertinentes, pero los jueces los sellaban.