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Libre Prestación de Servicios

banca y finanzas

La libertad de servicios puede ejercerse de diferentes maneras. En el caso de la libre prestación de servicios activa o positiva, el prestador de servicios cruza la frontera para prestar sus servicios en otro Estado miembro; en el caso de la libre prestación de servicios pasiva o negativa, el destinatario de los servicios los recibe en otro Estado miembro; en el caso de los servicios por correspondencia, ni el prestador de servicios ni el destinatario cruzan la frontera, sino sólo el propio servicio. Además, la libre prestación de servicios se aplica cuando tanto el prestador de servicios como el destinatario se encuentran en el mismo Estado miembro, pero el servicio propiamente dicho se presta en un Estado miembro diferente. Cuando un nacional de un Estado miembro va a residir en el territorio de otro Estado miembro y establece allí su residencia principal para prestar o recibir servicios durante un periodo de tiempo indefinido, el caso no entra dentro de la libre prestación de servicios debido a la duración continuada de la residencia recién establecida.

Libre Circulación de Trabajadores

Social

Este texto se ocupa de la Libre Circulación de Trabajadores en el Derecho de la Unión Europea, en el contexto del Mercado Interior y las cuatro libertades fundamentales. La libre circulación de trabajadores puede ser invocada por los trabajadores que ejercen una actividad transfronteriza y poseen la nacionalidad de un Estado miembro, los llamados trabajadores migrantes, pero también incluso por los Empleadores y las agencias de selección del sector privado. Incluso en el caso de una mujer belga que trabajaba para el Estado alemán en Argelia, el TJCE ha aplicado el artículo 45 del TFUE/39 del Tratado CE (TJCE, asunto C-214/94 – Boukhalfa, Rec. 1996, p. I-2353). Los miembros de la familia están protegidos por normas específicas de derecho derivado. Hoy en día, debido a la ciudadanía de la Unión también se concede un derecho de libre circulación a los no trabajadores y de ello el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) ha extraído importantes consecuencias incluso para el derecho privado.
Una situación transfronteriza es, como siempre, una condición previa; sin embargo, un trabajador puede invocar el derecho a la libre circulación de personas también frente a su propio Estado nacional si ya ha ejercido la libertad en otro Estado miembro.

Libertad de Circulación

Libertad de Circulación y Residencia en el Derecho Constitucional Comparado del Continente Americano Estudio comparativo sobre esta cuestión constitucional en los países que más abajo se cubren: ARGENTINA Artículo 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos […]

Libre Circulación de Personas

Visualización Jerárquica de Libre circulación de personas Derecho > Derecho internacional > Derecho internacional público
Derecho > Derechos y libertades > Derecho del individuo > Libertad de circulación
Unión Europea > Construcción europea > Profundización de la Unión Europea > Mercado […]

Esclavitud

historia

A pesar de que en la antigüedad clásica la esclavitud había sido una forma sustancial de producción y un medio económico efectivo, la organización peculiar del alto medioevo no pareció necesitar de ella.Si, Pero: Pero nunca desapareció del todo la tradición legal que la esclavitud había creado. En la época de los grandes descubrimientos y de la iniciación de la expansión europea, en el mundo (siglo XV), la esclavitud estaba envejecida. Fue la conquista de América (véase muchos más detalles) la que le dio nuevo sentido a esta antigua forma de dominio del hombre por hombre. España, principal país descubridor y conquistador, contó desde muy temprano con disposiciones tendentes a controlar jurídica y económicamente la esclavitud. El Código de la Siete Partidas (1256-65) de tradición romanista, fue uno de los antecedentes legislativos más importantes en la construcción de un cuerpo de leyes relativas a los esclavos africanos en las posesiones coloniales del Nuevo Mundo. Hay que distinguir, para una mejor comprensión de la esclavitud en la América española, entre la esclavitud de los indígenas o naturales y la de los negros o africanos.

Historia del Derecho

humanidad y civilización

Concepto y Caracteres de Historia del Derecho Definición y descripción de Historia del Derecho ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Jorge Adame Goddard) La historia del derecho es la disciplina científica que tiene […]

Unión Europea

actividad económica, bancos y dinero

La Unión Europea (UE) fue fundada por el Tratado de la Unión Europea firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992 (Tratado UE), que entró en vigor el 1 de noviembre de 1993. En la actualidad cuenta con 26 Estados miembros (los códigos oficiales de la UE se indican a continuación entre paréntesis): Alemania (DE), Austria (AT), Bélgica (BE), Bulgaria (BG), Chipre (CY), Dinamarca (DK), Estonia (EE), Finlandia (FI), Francia (FR), Grecia (GR), Hungría (HU), Irlanda (IE), Italia (IT), República Checa (CZ), Letonia (LV), Lituania (LT), Luxemburgo (LU), Malta (MT), Países Bajos (NL), Polonia (PL), Portugal (PT), Rumanía (RO), Eslovaquia (SK), Eslovenia (SI), España (ES), y Suecia (SE). El Reino Unido (UK) dejó la organización (véase Brexit en esta plataforma digital).

Certificado de Estado Civil

Social

El registro del estado civil permite a las autoridades estatales registrar eficazmente el estado civil de los ciudadanos y expedir los certificados correspondientes. Este registro es de suma importancia tanto para los ciudadanos como para las autoridades estatales. En Croacia, Italia, Polonia, Portugal, los estados nórdicos, España y el Reino Unido, las bodas por la iglesia tienen efectos en el orden jurídico civil y los sacerdotes redactan los certificados de matrimonio. Sobre la base de las declaraciones de las partes, se redacta un certificado de estado civil que posteriormente se inscribe en el registro correspondiente. Las decisiones judiciales, por ejemplo las relacionadas con las demandas de paternidad o las declaraciones que modifican el estado civil (por ejemplo, el reconocimiento de un hijo), se anotan y transcriben en el registro del estado civil correspondiente y se realiza una anotación marginal en el documento original. En Inglaterra, el certificado original permanece inalterado y los cambios se anotan en un registro de enmiendas.

Migración Forzosa

comercio internacional

Movimiento de población fuera de su lugar de origen o de residencia habitual, de carácter temporal o permanente y por lo general a gran escala, que tiene un carácter involuntario. Frente a los problemas que se mencionan en la entrada, es sorprendente que en ocasiones se siga abogando por los traslados forzosos de población como soluciones duraderas a los conflictos de libre determinación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Más allá del hecho de que tanto las poblaciones transferidas como las que supuestamente se benefician de la transferencia debido a la creación de entidades étnicamente más homogéneas casi nunca experimentan un aumento real de la autodeterminación, sobre todo porque la transferencia se produce en contra de su voluntad y siguen viviendo en condiciones que normalmente no habrían elegido para sí mismos, los Estados rara vez ven un aumento neto de la estabilidad interna y la seguridad externa. En el mejor de los casos, la constelación de amenazas a las que están expuestos a los cambios, requiere que se encuentren diferentes políticas y mecanismos para su gestión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Por otro lado, el aparente “éxito” de algunas transferencias forzadas de población parece proporcionar evidencia de que tales políticas pueden funcionar, es decir, proporcionar estabilidad interna y seguridad externa para los Estados afectados y, por lo tanto, también contribuir a un conjunto más amplio de condiciones bajo las cuales las personas pueden ejercer su derecho a la libre determinación.

Constitución Europea

Carta, ética y moral

Fue un proyecto político y jurídico auspiciado por las altas instancias europeas que fracasó tras el referendum en Francia. El TJCE se ocupó de la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea por primera vez en una sentencia de 27 de junio de 2006 (asunto C-540/03 – Parlamento contra Consejo, Rec. 2006, p. I-5769). En relación con su estatuto jurídico, afirmó que, si bien la Carta no era un instrumento jurídicamente vinculante, el legislador comunitario había reconocido, no obstante, su importancia al afirmar en un considerando del preámbulo de la directiva en cuestión que ésta respetaba los principios reconocidos en la Carta. Además, el objetivo principal de la Carta, tal y como se desprende de su preámbulo, era reafirmar los derechos tal y como resultan, en particular, de las tradiciones constitucionales y de las obligaciones internacionales comunes a los Estados miembros, del Tratado de la Unión Europea, de los Tratados comunitarios, del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, de las Cartas Sociales adoptadas por la Comunidad y por el Consejo de Europa y de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Glosario de Cooperación Judicial Civil en la Unión Europea

Visualización Jerárquica de Cooperación judicial civil en la Unión Europea Unión Europea > Construcción europea > Relaciones de la Unión Europea > Unión Europea > Espacio de libertad, seguridad y justicia
Unión Europea > Construcción europea > Relaciones de la Unión Europea > Profundización […]

Convención de la ASEAN sobre la Trata de Personas

comercio internacional

La Convención de la ASEAN sobre la Trata de Personas (ACTIP) Nota: trata de personas (ver sus características, sus víctimas y el tráfico -ilegal- de personas; los instrumentos internacionales multilaterales patrocinados por las Naciones Unidas son los siguientes: Protocolo modificando el Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños, concertado en Ginebra el 30 de septiembre de 1921, y el Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad, concertado en Ginebra el 11 de octubre de 1933. Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947; Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños, concertado en Ginebra el 30 de septiembre de 1921 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947. Nueva York, 12 de noviembre de 1947; Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños. Ginebra, 30 de septiembre de 1921; Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad, concertado en Ginebra el 11 de octubre de 1933 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947. Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947; Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad. Ginebra, 11 de octubre de 1933; Protocolo que modifica el Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, firmado en París el 18 de mayo de 1904, y el Convenio internacional para la represión de la trata de blancas, firmado en París el 4 de mayo de 1910. Lake Success, Nueva York, 4 de mayo de 1949; Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, firmado en París el 18 de mayo de 1904 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, el 4 de mayo de 1949. Lake Success, Nueva York, 4 de mayo 1949, Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas. París, 18 de mayo de 1904; Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, firmado en París el 4 de mayo de 1910 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, el 4 de mayo de 1949. Lake Success, Nueva York, 4 de mayo 1949; Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas. París, 4 de mayo de 1910; Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena. Lake Success, Nueva York, 21 de marzo de 1950; Protocolo final del Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena. Lake Success, Nueva York, 21 de marzo de 1950) o TIP es desarrollado más ampliamente, en inglés, en la entrada sobre trafficking in persons [TIP]. Para, más generalmente, la trata de personas (ver sus características, sus víctimas y el tráfico -ilegal- de personas; los instrumentos internacionales multilaterales patrocinados por las Naciones Unidas son los siguientes: Protocolo modificando el Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños, concertado en Ginebra el 30 de septiembre de 1921, y el Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad, concertado en Ginebra el 11 de octubre de 1933. Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947; Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños, concertado en Ginebra el 30 de septiembre de 1921 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947. Nueva York, 12 de noviembre de 1947; Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños. Ginebra, 30 de septiembre de 1921; Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad, concertado en Ginebra el 11 de octubre de 1933 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947. Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947; Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad. Ginebra, 11 de octubre de 1933; Protocolo que modifica el Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, firmado en París el 18 de mayo de 1904, y el Convenio internacional para la represión de la trata de blancas, firmado en París el 4 de mayo de 1910. Lake Success, Nueva York, 4 de mayo de 1949; Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, firmado en París el 18 de mayo de 1904 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, el 4 de mayo de 1949. Lake Success, Nueva York, 4 de mayo 1949, Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas. París, 18 de mayo de 1904; Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, firmado en París el 4 de mayo de 1910 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, el 4 de mayo de 1949. Lake Success, Nueva York, 4 de mayo 1949; Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas. París, 4 de mayo de 1910; Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena. Lake Success, Nueva York, 21 de marzo de 1950; Protocolo final del Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena. Lake Success, Nueva York, 21 de marzo de 1950) en Asia, véase aquí. También son relevantes las entradas sobre […]